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el Gobierno acordó un salario mínimo de 1.25 quetzales para la
ciudad y de 80 centavos para el campo al día, al mes 375 y 24 resoectivamente -
Se establece un salario mínimo de 1.36 en el sector no agrícola y de 0.95 en el sector agrícola diario.
Al mes 40.50 y 28. 50 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 1.69 en el sector no agrícola y de 1.12 en el sector agrícola diario.
Al mes 50.70 y 33.60 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 2.74 en el sector no agrícola y de 2.84 en el sector agrícola diario.
Al mes 82.20 y 85.20 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 3.48 en el sector no agrícola y de 3.20 en el sector agrícola diario.
Al mes 104.40 y 96.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 6.84 en el sector no agrícola y de 4.43 en el sector agrícola diario.
Al mes 205.20 y 132.20 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 7.04 en el sector no agrícola y de 4.50 en el sector agrícola diario.
Al mes 211.20 y 135.00 respectivamente.
Además según el acuerdo legislativo 78-89 se otorga una bonificación diaria de 2.40 al día para el sector no agrícola y de 1.20 al agrícola, pagando al mes 72.00 y 36.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 16.00 en el sector no agrícola y de 14.50 en el sector agrícola diario.
Al mes 480.00 y 435.00 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 4.20 al día para el sector no agrícola y de 1.20 al agrícola, pagando al mes 72.00 y 36.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 17.60 en el sector no agrícola y de 15.95 en el sector agrícola diario.
Al mes 528.00 y 478.50 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 2.40 al día para el sector no agrícola y de 1.20 al agrícola, pagando al mes 72.00 y 36.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 19.71 en el sector no agrícola y de 17.86 en el sector agrícola diario.
Al mes 591.30 y 535.80 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 2.40 al día para el sector no agrícola y de 1.20 al agrícola, pagando al mes 72.00 y 36.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 21.68 en el sector no agrícola y de 19.65 en el sector agrícola diario.
Al mes 650.40 y 589.50 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 2.40 al día para el sector no agrícola y de 1.20 al agrícola, pagando al mes 72.00 y 36.00 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 23.85 en el sector no agrícola y de 21.62 en el sector agrícola diario.
Al mes 715.50 y 648.500 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 5.12 al día para el sector no agrícola y de 536 al agrícola, pagando al mes 153.60 y 160.80 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 27.67 en el sector no agrícola y de 25.08 en el sector agrícola diario.
Al mes 830.10 y 752.40 respectivamente.
Se otorga una bonificación diaria de 5.12 al día para el sector no agrícola y de 5.35 al agrícola, pagando al mes 153.60 y 160.80 respectivamente. -
Se establece un salario mínimo de 63.70 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 64.61 diario.
Al mes 1937.54 para el sector agrícola y no agrícola y de 1, 808.27 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 68.00 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 62.50 diario.
Al mes 2, 074.00 para el sector agrícola y no agrícola y de 1, 906.25 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 71.40 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 65.63 diario.
Al mes 2,171.75 para el sector agrícola y no agrícola y de 1,996.25 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 74.94 en el sector no agrícola de 74.94 en el sector agrícola y el sector de exportación y maquilas de 68.91 diario.
Al mes 2280.34 para el sector agrícola y no agrícola y de 2096.04 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 78.72 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 72.36 diario.
Al mes 2,394.40 para el sector agrícola y no agrícola y de 2,200.95 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 81.87 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 74.89 diario.
Al mes 2,497.04 para el sector agrícola y no agrícola y de 2,284.15 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 86.90 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 79.48 diario.
Al mes 2,643.21 para el sector agrícola y no agrícola y de 2,417.52 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores -
Se establece un salario mínimo de 90.16 en el sector no agrícola y agrícola y el sector de exportación y maquilas de 82.46 diario.
Al mes 2742.37 para el sector agrícola y no agrícola y de 2508.16 para exportación y maquilas.
Se otorga una bonificación de 250 para todos los sectores