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Los licenciados: Elizabeth Ruiz, Claudia Guzmán, Karen Velasco y Jafet Molina fundaron el colegio Liceo Ciudadanos del Futuro; para dar respuesta a las necesidades educativas y sociales de la época
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Se da inicio con la realización del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I), con la participación de la comunidad educativa.
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Mediante técnicas e instrumentos y se perfecciona el sistema organizacional frente al inventario de procesos, definición, metas, directrices y planes de acción.
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Nos basamos en entregar al alumno las herramientas que le permitan crear sus propios procedimientos para resolver una situación problemática, lo cual implica que sus ideas se modifiquen y siga aprendiendo.
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Para ayudar a los estudiantes en la planificación de las tareas escolares y el estudio, se ideó la construcción de la agenda escolar que sirve como instrumento para la comunicación directa y permanente entre familias y profesorado
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Como soporte al trabajo institucional ya que ofrece capacitaciones con las cuales los estudiantes se especializan en diferentes áreas
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Se plantea nuestro P.E.I. Abarca las políticas educativas planteadas en la constitución política, la ley general de educación de 1994
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Se aplica las normas reglamentarias contenidas en el presente Decreto. Se aplican al servicio público de educación formal que prestan los establecimientos educativos los privados y el proceso de formación de los educandos.
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Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.
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Colombia es un Estado social
de derecho, organizado en forma de República
unitaria, descentralizada, con autonomía de sus
entidades territoriales, democrática, participativa
y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad
humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas
que la integran y en la prevalencia del interés general (art.1) -
Por el cual se adopta el reglamento general para definir las tarifas de matriculas, pensiones y cobros periódicos por parte de los establecimientos privados de educación formal.