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En 1972 En Babilonia las Leyes de Eshunna de 1972 a. de C. y el Código de Hammurabi de 1750 a. de C. establecieron cantidades en especie para el pago del trabajo de labradores, eran 10 ciclos y dos para los esclavos, con graves sanciones corporales y mutilación en casos de incumplimiento de obligaciones.
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No existía el concepto de trabajo, se consideraba que únicamente las bestias y los esclavos debían trabajar.
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Grandes extensiones de tierra cuya propiedad pertenecía a la nobleza y los habitantes de dichas tierras pagaban altos impuestos a los señores feudales.
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En la Edad Media las actividades del sistema feudal eran limitadas y originaron la especialización de los trabajos que tenían estructura jerárquica. En esa etapa de la historia el hombre quedaba vinculado al trabajo de por vida, el trabajador transmitía a sus hijos la relación con la corporación, haciéndose acreedor a enérgicas sanciones cuando intentaba romper ese vínculo, no había libertad de trabajo y tampoco existía un sistema jurídico de protección.
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Norma la relación de los encomenderos españoles con los indígenas sometidos a su custodia
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La legislación indiana prohibía la esclavitud, reconocía la libertad del trabajo, pero fijaba como principio social la obligación de trabajar para combatir los peligros de la ociosidad. Limitaba la jornada a 8 horas y establecía el descanso dominical obligatorio.
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La producción se realiza en fabricas en los centros de ciudades. Existe migración hacia dichos centros, los campesinos se convierten en obreros.
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En 1764 en Inglaterra, James Hargreaves inventó la máquina de hilar y la tejedora que desplazó a un gran número de trabajadores de esta industria.
La sustitución de la mano de obra quedo sujeta a la voluntad patronal y a la competencia, la jornada de trabajo se prolonga entre 15 y 16 horas sin descansos, reducción del monto de salarios, falta de higiene y nula protección ante los riesgos de trabajo, aparición de las denominadas tiendas de raya obligatorias. -
La desaparición de las asociaciones de trabajadores y el derecho de huelga fueron resultado de la Revolución Francesa y derivación de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, atentaban contra el libre mercado y el derecho de los empresarios a la producción estableciendo que todo hombre es libre para dedicarse al trabajo, profesión arte u oficio que estime conveniente, pero estará obligado, a proveerse de un permiso a pagar impuestos acatando los reglamentos.
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La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y los Fisiócratas en el debate de la Declaración de los derechos del hombre en la sesión del 21 de Julio de 1789.
Rabaut de Saint-Etienne afirmó que los derechos fundamentales:
La libertad, la igualdad, la propiedad y nadie pensó en la defensa de los derechos del trabajo, hasta que exploto la revolución de 1910 y transcurriera el siglo XIX. -
12 de marzo 1766- 1791 El liberalismo político intento suprimir los gremios y corporaciones. Predica la libertad de trabajo como un derecho natural del hombre, sin embargo, existieron hasta 1791 en que quedaron abolidas, permitiéndose únicamente aquellas corporaciones de carácter mutualista. El poder económico sustituyo la monarquía. El pensamiento de Rosseau "Los hombres son por naturaleza libres e iguales". "El trabajo y el salario son resultado de la ley de la oferta y la demanda".
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En Francia la Ley Chapelier prohibió la formación de asociaciones profesionales, señalando que su existencia implicaba una grave oposición a la libertad de trabajo. Se prohibieron las coaliciones y asociaciones de los ciudadanos de un mismo oficio, también se restringió el derecho de asociación o reunión para la defensa de intereses comunes, huelgas, imponiendo inclusive penas corporales en caso de incumplimiento.
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Se menciona ciertos derechos de las jornadas de trabajo.
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En Inglaterra los trabajadores ingleses desplazados destruyeron maquinaria y quemaron diversas fábricas, dirigidos por un tejedor Nedd Ludd cuyo movimiento fue identificado como “luddita” por el nombre del líder, a los agresores se les condenó a muerte.
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Surge en Filadelfia la primera huelga de carpinteros, a la cual se le agregan otros gremios de trabajadores.
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Se funda la Great Trade Unión;, con obreros de Alemania, Francia, España, Belgica, se organiza la gran confederación de trabajadores ingleses se convoca la huelga general para el primero de marzo del mismo ñ)o, pero este movimiento fracasa y el precio que se paga es la disolución del movimiento sindical en el año de 1835.
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Se inicio el movimiento denominado “cartista” en el cual los trabajadores mandaron cartas al Parlamento ingles reclamando el reconocimiento de sus derechos laborales y sindicalización además exigiendo el sufragio universal, el voto secreto, elecciones anuales y participación de la clase obrera en el Parlamento para compartir el poder político y evitar el desconocimiento de sus derechos adquiridos, sus demandas no fueron atendidos.
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En Prusia con motivo de diversos movimientos sociales, en especial de los mineros, se establecieron normas protectoras para los trabajadores bajo el mando Otto Von Bismarck como concesión de Estado.
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“Proletariados de todos los pueblos, uníos”, inicia la acción sindical.
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Estalló una revolución de clase trabajadora que reclamaba el derecho al trabajo y sindicalización a condiciones laborales dignas, la creación de un Ministerio de Estado encargado y vigilancia de las relaciones obrero-patronales. Como consecuencia en París se expidieron varios decretos en los que se reconoció el derecho de coalición, eliminación de agencias de colocación onerosas, contratación directa, se eliminó la jornada de 10 horas y se otorgó el sufragio universal.
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Los trabajadores ingleses intentaron una huelga general, pero fueron reprimidos violentamente por la fuerza del orden donde existieron muertos y heridos, este acontecimiento sentó las bases para que posteriormente el Parlamento ingles aceptara el derecho de asociación reconociendo el comercio y la participación política de los trabajadores.
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Se establecen artículos relativos a libertades del hombre, como Art 4. consagró la libertad del trabajo; Art 5. dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento. Y Art 9. a nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito. Se establece el principio de que “nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento” y el de “libertad de asociación".
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Expide una legislación social en defensa de los campesinos y de los trabajadores.
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Se expide el estatuto de trabajadores, en especial jornadas de trabajo de 8 horas; ciertas normas de previsión social, el salario mínimo y vacaciones pagadas. No obstante, debido al clima social y el fin del imperio con el fusilamiento de Maximiliano, dicho estatuto no tuvo aplicación. Con la influencia del Código Napoleón en el Código Civil de 1870, se estableció el contrato de arrendamiento de servicios, de mayor similitud a la figura de 'mandato" que, al arrendamiento de bienes.
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En Francia el estado tenía la obligación de vigilar y solo intervenir cuando el orden social se vea alterado por alguna suspensión de trabajos o por perjuicios a la paz pública concertados por los trabajadores. En el artículo 1782 del Código Napoleón se estableció la presunción de pago de los salarios de un año. Esta disposición tuvo vigencia en Francia hasta 1865, año en que fue suprimida.
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Se regula el trabajo domestico, el trabajo por jornal, a destajo o a precio alzado.
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El Código Penal francés sancionaba severamente la asociación profesional, la huelga, los paros y cualquier acto de los trabajadores tendiente a obtener mejores condiciones de trabajo, ya que obstaculizaban el progreso de las fuerzas económicas y constituían un ataque a la libertad de trabajo. Estas disposiciones se plasmaron en el Código penal mexicano en 1871 en el rubro "Ataques a las garantías individuales".
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En Alemania se emitió la Ley Antisocialista que prohibía las asociaciones o cualquier manifestación que por medio de propaganda social demócrata, socialista o comunista pretendiera el derrocamiento del orden social y político.
El Canciller de Hierro (Otto Von Bismarck, que Guillermo I designó como canciller) instituye un seguro social en contra de los riesgos de trabajo y cesación involuntaria. -
La precaria situación en Francia e Inglaterra provoco las revoluciones como la de 1884, movimientos sociales, huelgas generales y acciones concertadas, por parte de los trabajadores en respuesta a las condiciones exigentes que más tarde culminaron en la creación de normas protectoras frente al capital.
Se instaura la Ley de accidentes de trabajo mediante el sistema civil de responsabilidad objetiva. -
En Ginebra, el Congreso Internacional (Primera Internacional) proclamó la emancipación de los trabajadores, la igualdad de derechos y deberes sin dominación de clase alguna, la jornada de 8 horas, un día de descanso semanal, pago de salario justo y el respeto a sus derechos fundamentales, ratificando este compromiso en el Congreso Obrero de 1889, en París.
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En Alemania se adoptaron una serie de leyes sobre los seguros de vejez e invalidez, así como una jurisdicción laboral especializada cuya función era resolver los conflictos de trabajo como una estrategia de control de proletariado y en contra del socialismo.
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Fue promulgada por el papa León XIII, la cuál consiste en una carta abierta dirigida a todos los obispos, que versaba sobre las condiciones de las clases trabajadoras.
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Señalaba que en los riesgos de trabajo el patrono debería prestar la atención médica necesaria y pagar salario a la víctima hasta por tres meses.
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Establecía los accidentes de trabajo definiéndolo como el que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en relación de él.
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El movimiento de huelga en Cananea, Sonora, fue aplastado por el gobierno con violencia.
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Estallan huelgas de trabajadores en fábricas textiles por las malas condiciones laborales.
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Se caracterizó por el estallido de diversas revoluciones y la Primera Guerra Mundial, aunque también se aceptaron en diversas constituciones y en el plano internacional los reclamos de justicia social y sufragio universal, y las garantías sociales o derechos mínimos imperativos de clase laborante.
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Para solucionar conflictos laborales bajo un esquema conciliatorio
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Se presentan demandas laborales por jornada de trabajo, reconocimiento legal de organizaciones y dirigentes e indemnizaciones por accidentes de trabajo.
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Establecía una jornada máxima de 9 horas, descanso semanal, salario mínimo y se aceptaba la teoría del riesgo profesional.
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Fundación de la Confederación de Sindicatos del Distrito Federal, confederación en defensa de los trabajadores.
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Se decretó la fijación de salarios mínimos
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Cuerpo jurídico que se considera el más completo antes de la redacción constitucional del Artículo 123, ya que abordó con solvencia lo relativo a las jornadas de trabajo, los descansos y días festivos, el salario, el trabajo de la mujer y las protecciones laborales del menor, además de crear las Juntas de Conciliación y Arbitraje como órganos jurisdiccionales.
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Se da reconocimiento en el Estado de Veracruz al movimiento obrero y estimulaba la organización de sindicatos.
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En el artículo 123 se reconocen los derechos sociales de los trabajadores
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Se funda la primera Confederación de Trabajadores con carácter nacional: Confederación Regional Obrera Mexicana CROM, con la participación de 115 delegados de 18 Estados.
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En Alemania la Constitución de Weimar de 1919 (durante el periodo de transición entre el fin de la Primera Guerra Mundial y el arribo de Adolf Hitler al poder) proclamaba el intervencionismo de Estado como una necesidad para el bien común; reconoce el derecho al trabajo y la obligación de proporcionarlo para el bienestar colectivo; admite el derecho de coalición y de formación de sindicatos para la defensa y mejoramiento de intereses de los trabajadores.
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En Palacio de Versalles, residencia cortesana de Luis XIV, el Rey Sol, se suscribió el convenio que terminaba con las hostilidades de la Primera Guerra Mundial que imponía grandes restricciones para Alemania mientas que el amparo de la sociedad de las naciones se constituyó la Organización Internacional del Trabajo. La Organización Internacional del Trabajo se creó en las reuniones de la paz iniciando sus sesiones en la ciudad de Washington el 29 de octubre de 1919.
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Separación de agrupaciones sindicales de la CROM, integrando la Confederación General de Trabajadores CGT, teniendo 43 agrupaciones, la cual adopto principios como “la lucha de las clases y la acción directa”.
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Aparece la Asociación Internacional de los Trabajadores, se cambia el sentido de luchas obreras por luchas sindicales.
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Han sido múltiples y muy variados los convenios laborales a nivel internacional, entre los que destacan la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración de Filadelfia, la Declaración Universal de los derechos del Hombre, las cartas de la Organización de los Estados Americanos, las Conferencias en América de Santiago de Chile en 1923, Bogotá en 1948 y Buenos Aires en 1967.
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Conmemoración del día de trabajo en forma permanente, como lucha de la clase obrera trabajadora.
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La iglesia católica admite la necesidad de un trato digno al hombre que labora, debe procurarse un salario suficiente, una jornada de trabajado razonable, descansos semanales y días festivos, pleno reconocimiento del derecho de asociación de los trabajadores en defensa de sus respectivos intereses también reconoce el derecho a la huelga solo en casos extremos. La posterior encíclica Quadragésimo Anno (1931), ratifica los conceptos vertidos el progreso social y económico de las naciones.
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La federalización de la legislación del trabajo en 1929 se realizó mediante una reforma constitucional que retiró la facultad que tenían los estados para legislar en esta materia, que pasó a ser jurisdicción exclusiva del Congreso de la Unión; en cuanto a su aplicación, esta correspondería tanto a las autoridades federales como a las locales.
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Origen a la Confederación General de Obreros y Campesinos de México (CGOCM), con un total de 989 agrupaciones sindicales, que se sustento en federaciones nacionales que engloban a trabajadores de una misma rama industrial.
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Constitución de la Confederación de Trabajadores de México, con bases de las organizaciones pertenecientes al Comité Nacional de Defensa Proletaria, a la que ingresan los sindicatos de Ferrocarrileros, Mineros, Electricistas, de artes gráficas, etc.
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El departamento del trabajo se convierte en la secretaria del Trabajo y Previsión Social: que debe responder a las demandas sociales, que sean producto de la evolución del sector y del desarrollo del movimiento obrero nacional.
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El sindicato de Trabajadores de Ferrocarriles desconoce la dirección de la CTM, creando la Central Única de Trabajadores de México CUTM, con la ideología de defensa de los derechos obreros y de lucha antiimperialista; sin embargo, es desintegrada por el gobierno de Miguel Alemán.
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Entra en vigor el Convenio 87 OIT sobre la Libertad sindical y la protección del Derecho de sindicación.
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Entra en vigor el Convenio 98 OIT sobre el Derecho de sindicación y de Negociación Colectiva.
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Se constituye la Unión General de Obreros y Campesinos de México UGOCM, con bases del programa y táctica de la Federación Sindical Mundial, con el objetivo de reunificación obrera.
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Fundación de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos CROC, a la que se integrarían la COCM, CPN, CNT, y la CUTM, siendo la segunda central nacional.
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Fundación de la Confederación Revolucionaria de los Trabajadores CRT, con la integración de la Central única de Trabajadores y la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, con 600 organizaciones; con principios de unidad de trabajadores, honestidad sindical, respeto al derecho de huelga, y la participación de mujeres en la lucha sindical.
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En la enciclíca Mater et Magistra el Papa Juan XXIII reitera los principios fundamentales de la Iglesia católica relativos a la propiedad privada, la subsidiaridad que pretende el equilibrio entre la iniciativa personal y la intervención del Estado, la remuneración satisfactoria a los trabajadores y las exigencias de justicia entre los factores de la producción.
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Se abroga la ley de 1931 y se aprueba la Ley Federal del Trabajo de 1970. Ley Federal de Trabajo: que comprende temática laboral y algunas cuestiones relativas a previsión social; normas en materias de sindicatos, federaciones, confederaciones, contratos colectivos, contratos ley, reglamentación del derecho de huelga; etc.
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Se crea la Confederación de Trabajadores y Campesinos CTC, integrando por 5 federaciones y 6 sindicatos nacionales; teniendo impacto en las organizaciones sindicales.
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En el ámbito colectivo del trabajo destaca la derogación de la clausula de exclusividad por separación o cláusula de exclusión.
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En derecho laboral colectivo se establece el derecho a la votación libre, directa y secreta de los líderes sindicales, con el establecimiento de las condiciones para el procedimiento; la libertad de negociación colectiva que pueda garantizar la aplicación bilateral y supere los mínimos legales en salarios y prestaciones.