Historia de la Revisoría Fiscal en Colombia

  • 2009 BCE

    LEY 1314 DEL 2009, CON SUS DECRETOS COMPLEMENTARIOS

    LEY 1314 DEL 2009, CON SUS DECRETOS COMPLEMENTARIOS
    Esta Ley revoluciona al país y nos coloca en la misma posición de los demás países del mundo, donde la prioridad es dar una información financiera correcta y oportuna, de acuerdo a los estándares establecidos por los organismos responsables.
  • 1990 BCE

    LEY 43 DE 1990

    LEY 43 DE 1990
    En el Art.13 Parágrafo 2do. Determinó que todas las Sociedades Comerciales cuyos activos brutos sean o excedan el equivalente a 5000 salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos sean o excedan a 3.000 salarios mínimos, al 31 de Diciembre del año anterior, obligatoriamente deben tener Revisor Fiscal.
    Bajo esta Ley se creó en Consejo Técnico de la Contaduría Pública, única entidad que puede crear las leyes que rigen a los contadores y revisores fiscales.
  • 1960 BCE

    LEY 145 DE 1960

    LEY 145 DE 1960
    Artículo 1° Se  entenderá  por contador público la persona natural  que  mediante la  inscripción que acredita su competencia profesional, queda facultada par dar fe pública  de determinados actos así como para desempeñar ciertos cargos, en los términos de la  presente Ley.  Articulo. 8. Se necesitará la calidad de Contador Público en todos los casos en que las leyes le exijan, para desempeñar el cargo de Revisor Fiscal, Auditor u otra similar.
  • 1956 BCE

    DECRETO 2373 DE 1956. SE REGLAMENTA EL EJERCICIO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA EN COLOMBIA.

    DECRETO 2373 DE 1956. SE REGLAMENTA EL EJERCICIO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA EN COLOMBIA.
    El legislador asignó la función de Revisor Fiscal al contador público.
    Art. 6. Establece que para desempeñar el cargo de Revisor Fiscal debe ser Contador Público y estar inscrito en el Instituto Nacional de Contadores Públicos.
  • 1951 BCE

    CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS

    CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS
    Se creó el Instituto Nacional de Contadores, se dieron pautas para legislar acerca de la profesión.
  • 1950 BCE

    DECRETO 2521 DE 1950

    DECRETO 2521 DE 1950
    Reglamentó el funcionamiento de las Sociedades Anónimas, se ocupó expresamente del Revisor Fiscal, su nombramiento, funciones, informes y responsabilidades. Este estatuto puede considerarse la base de las modernas Sociedades Anónimas y de la Revisoría Fiscal.
    Art. 134. Todas sociedad anónima tendrá necesariamente un Revisor Fiscal con su respectivo suplente, elegido por la Asamblea General de Accionistas. El Revisor será siempre una persona natural.
  • 1941 BCE

    DECRETO 1357 DE 1941. NACE LA FIGURA DE CONTADOR JURAMENTADO

    DECRETO 1357 DE 1941. NACE LA FIGURA DE CONTADOR JURAMENTADO
    Este decreto aprobó la Resolución N° 531 del mismo año, por la cual se establece la Institución de los Contadores Juramentados. Se le otorgan las funciones al Contador Juramentado. Art. 17. Numeral 6.
  • 1937 BCE

    ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONTADORES

    ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CONTADORES
    Esta Asociación a través de su revista El Contador, divulgo lo que era la profesión del Contador.
  • 1936 BCE

    DECRETO 1945 DE 1936

    DECRETO 1945 DE 1936
    Para darle fuerza a la función del Revisor Fiscal, este Decreto, en su Articulo 1° ordeno que para practicar o renovar la inscripción de las sociedades anónimas, distintas de los bancos y compañías de seguros en el Registro Publico de Comercio, era requisito esencial que en los documentos presentados a la respectiva Cámara de Comercio aparecería que la sociedad tiene un Revisor Fiscal, con su suplente, nombrado por la Asamblea General de accionistas.
  • 1935 BCE

    LEY 73 DE 1935

    LEY 73 DE 1935
    Describió a cabalidad la Revisoría Fiscal, y empezó a regirse antes de que la ley 58 de 1931. Articulo 6. Disposiciones Generales acerca de las empresas obligadas a tener Revisor Fiscal
    Articulo 7. El Revisor es nombrado por la Asamblea General de Accionistas para el periodo igual al gerente, pudiendo ser reelegido; tendrá un suplente que lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales.
  • 1931 BCE

    LEY 58 DE 1931. ART. 26, 40 y 41

    LEY 58 DE 1931. ART. 26, 40 y 41
    La Revisoría Fiscal tiene en Colombia una larga vida institucional; nació en el creciente desarrollo comercial y financiero de las empresas en la segunda mitad del siglo XIX, fue reglamentada mediante la 58 de 1931. Inhabilidades y Responsabilidades del Revisor Fiscal.