Legislación+laboral

Historia de la Legislación Laboral en Guatemala

By S_eliza
  • 1524

    Etapa Pre-Colonial

    Etapa Pre-Colonial
    Los españoles durante la conquista encontraron que los indígenas practicaban la esclavitud para aprovechamiento de la fuerza humana en el trabajo. No existía pues, el trabajo asalariado; por consiguiente, no pudo darse un derecho laboral ni siquiera alguna reglamentación que reconociera derechos y garantías del trabajador o que atenuara la obligación de prestar su actividad
  • 1524

    Etapa Colonial

    Etapa Colonial
    El gobierno español organizó el trabajo de los hombres a su servicio en esta colonia, de dos maneras: en el campo reglamentándolo por medio de las “leyes de indias” y en la ciudad organizándolos en gremios. Las leyes de indias estaban dedicadas a los indígenas que trabajaban gratuitamente en las fincas de los españoles y sus descendientes y tributando para la corona, obligados legalmente, por las instituciones del repartimiento y la encomienda y el nuevo repartimiento y la nueva encomienda.
  • Etapa Independiente

    Etapa Independiente
    El período liberal se caracteriza por la no aplicación en la realidad de las leyes que regulaban las relaciones de trabajo, a pesar de que éstas eran escasas. En Guatemala se da el mismo fenómeno conocido en toda Iberoamérica desde el advenimiento de la independencia política de los países, en el sentido de que se alternan en el gobierno los partidos conservadores y liberal.
  • Abandono de Trabajadores

    Abandono de Trabajadores
    Como en el resto de América, la legislación de indias no tuvo en Guatemala ningún sustituto después de 1821 y el trabajador sobre todo indígena quedó en el más absoluto desamparo. Al alcanzar la independencia no se emite ninguna legislación dedicada a proteger a los trabajadores, tampoco se les aplica ninguna otra. Permanecen abandonados hasta 1871 en que la llamada revolución liberal emitió un Código Civil y este se aplica al trabajo.
  • Código Civil Guatemalteco

    Código Civil Guatemalteco
    Con la revolución de 1871 se emita por primera vez y es aplicado a las relaciones de trabajo, al igual que en Europa con motivo del apogeo mercantilista, el liberalismo que suponía en igualdad al patrono y al trabajador, era la filosofía individualista, producto del triunfo de ese sistema filosófico-económico con la revolución francesa de 1789. El Código Civil de 1877 estaba inspirado en la legislación española, por consiguiente las primeras normas de carácter laboral que hubo en Guatemala
  • El Sindicalismo

    El Sindicalismo
    A partir de 1920 el movimiento obrero se define como tal, desarrollándose durante los gobiernos de Carlos Herrera, del General José María Orellana y del General Lázaro Chacón, y alcanza alianzas con otros sindicatos de la región centroamericana, ganando espacios legales y en constante búsqueda de su identidad ideológica, dentro de las cuales no estuvieron ausentes altos niveles de represión, cuya manifestación más aguda se presentó durante el gobierno del General Jorge Ubico
  • Etapa del Sindicalismo

    Etapa del Sindicalismo
    Gracias al sindicalismo el 1/5/1921 se celebró el primer día del trabajo. De 1920/1921 se constituye la primera etapa del sindicalismo con el gobierno de Carlos Herrera y Luna el origen de este sindicalismo es la miseria y aislamiento de las clases trabajadoras. sus etapas son: las características de las organizaciones obreras, las principales organizaciones sindicales, principales huelgas y ocurridos conflictos, entre otros, ocurridos en la década de 1920 a 1930
  • Reivindicación de los Sindicatos

    Reivindicación de los Sindicatos
    Ley del Trabajo”, contenida en el Decreto Legislativo 1434 del 30 de abril de 1926, del gobierno de José María Orellana, es el primer antecedente importante del Código de Trabajo y del sindicalismo, limitaba la libertad de las partes en la contratación, así mismo establece por primera vez los Comités de Conciliación y los Tribunales de Arbitraje.
  • Desbordamiento del movimiento sindical

    Desbordamiento del movimiento sindical
    En el año de 1931 llega al poder el general Jorge Ubico lo cual conlleva el desbordamiento del movimiento sindical guatemalteco por espacio de catorce años, durante esta época las palabras sindicato, huelga, derechos laborales desaparecen, volviendo a imperar el trabajo forzado, salarios bajos, etc.
  • Revolución de 1944 e inicio del Derecho de Trabajo

    Revolución de 1944 e inicio del Derecho de Trabajo
    Con la revolución de 1944 nace el derecho laboral en Guatemala, con sentido tutelar de los trabajadores, brindándoles protección jurídica preferente frente al capital, para compensar su desigualad económica, inspirada en las doctrinas más avanzadas de la época, identificadas con la clase trabajadora. Es una legislación que integra un conjunto de derechos y garantías para los trabajadores, que antes no había existido en Guatemala
  • Ley Provisional de Sindicalización

    Ley Provisional de Sindicalización
    La Ley Provisional de Sindicalización: “Reglamentó el precepto constitucional que se refería a la organización, funcionamiento y registro de sindicatos, en tanto se ponía en vigor el Código de Trabajo, en materia de asociaciones profesionales es el antecedente inmediato del Código mencionado, que en términos generales recogió los mismos principios en cuanto a la libertad sindical
  • Primer Código de Trabajo

    Primer Código de Trabajo
    Entró en vigor el 1º. de mayo de 1947, en conmemoración al día internacional del trabajo, contenido en el Decreto 330 del Congreso de la República, recoge y desarrolla los principios y lineamientos contenidos en la Constitución de 1945 sobre materia laboral, e incorpora muchos más. Se le creyó novedoso, pero muchas de sus instituciones ya estaban en práctica en muchos países como en Europa central, así mismo se inspiró en la legislación mexicana y en el Código de Trabajo de Costa Rica
  • Pérdida del Código de Trabajo

    Pérdida del Código de Trabajo
    El período contrarrevolucionario se inicia el 27 de junio de 1954 con la caída del presidente Arbenz, frustrándose las grandes transformaciones económicas y sociales que la revolución estaba llevando a cabo a favor de las clases populares. Esta conserva el capítulo de las garantías sociales, pero desmejora la posición de los trabajadores, da énfasis al principio de conciliación sobre el titular, prohíbe expresamente la participación en política de los sindicatos
  • Actual Código de Trabajo

    Actual Código de Trabajo
    El 16 de agosto de 1961 entra en vigor el Código de Trabajo contenido en el Decreto 1441 del Congreso de la República y reformado por el Decreto 1448, el cual contiene reformas al Código anterior Dto. 330 de la revolución, el cual no introduce modificaciones sustanciales, aunque si beneficia precariamente a los trabajadores. López Larrave explica que: “Las causales de despido siguen aumentadas y no se atreven a incluir la reinstalación derogada como garantía de estabilidad.
  • Nueva Constitución

    Nueva Constitución
    En el año de 1966 entra en vigor una nueva Constitución, la cual reproduce casi todos los principios fundamentales contenidos en las garantías sociales de la Constitución de 1945 que protegen a los trabajadores. En ésta se incorpora el aguinaldo, reconoce el derecho a sindicalizarse a trabajadores y patronos, así como la huelga y el paro, prohíbe la huelga para los burócratas y establece la posibilidad de militarizar los servicios públicos.