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En este tiempo no existía una educación justa y con enfoque cultural para las comunidades indígenas: "Entre estos años la educación de los indígenas, se llevaba a cabo bajo la tutela de la iglesia o en escuelas oficiales en las cuales se aplicaba un currículo que desconocía la cultura de los grupos étnicos y en la mayoría de los casos se impedía que se hablara en la lengua indígena" (Loaiza,F., 2002, P.31)
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En esta fecha con la llegada del Frente Nacional al poder se crean múltiples políticas en términos de educación, siendo la más importante en términos de interculturalidad la creación de la radio Sutatenza la cual ponía a disposición de múltiples comunidades (especialmente rurales) la educación a partir de la radio. -
En esta ley se afirma que todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación de su condición política y desarrollo económico, social y cultural.
Esta ley reconoce por primera vez el derecho a la educación para toda persona incluyendo grupos raciales y étnicos: "La educación debe capacitar a todas las personas (...) todos los grupos raciales, étnicos o religiosos." (Artículo 13, Ley 74 de 1968) -
La cual promulgó la devolución de tierras a los indígenas, la restauración de sus derechos, de la participación y, especialmente, "Formar profesores que enseñen de acuerdo a las necesidades y en sus respectivas lenguas" (Loaiza, F., 2002, p.36) Lo cual fue seguido por consejos regionales de otras zonas. -
En la ciudad de Bogotá se llevó a cabo en esta fecha la Primera Reunión de Educación Bilingüe de los Grupos Indígenas, cuyos objetivos era: “Difundir y facilitar el análisis de la filosofía y técnica de la utilización de las lenguas vernáculas como medio de aprendizaje del castellano entre los grupos nativos para lograr al máximo el desarrollo social, cultural y económico de las comunidades indígenas”.(Rojas, A., 2011, p.175) -
La Organización Nacional indígena de Colombia (ONIC) organiza este congreso en el que además de otras disposiciones se plantea la exigencia de: "una educación bilingüe y bicultural bajo el control de las autoridades indígenas." (Loaiza, F., 2002, P.39) -
El Ministerio de Educación Nacional de Colombia dio un cambio a su política de educación indígena, que a partir de entonces sería conocida bajo la conceptualización de etnoeducación. Según la coordinadora del programa en ese momento, a partir de entonces “[…] empiezan a generarse a lo largo y ancho del país, experiencias educativas encaminadas a la elaboración de programas bilingües-interculturales”. (MEN,1988,p.34) -
El Ministerio de Educación Nacional Colombiano constituye oficialmente el programa de etnoeducación que tenía como finalidad ser: "un proceso social permanente, inmerso en la cultura propia, que consiste en la adquisición de conocimientos y valores, y en el desarrollo de habilidades y destrezas, de acuerdo con las necesidades, intereses y aspiraciones de la comunidad, que la capacita para participar plenamente en el control cultural del grupo étnico" . (MEN,
1987, p. 51) -
Este convenio es una declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. En esta declaración se reconocen los derechos individuales y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo: "Deberán adoptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional." (Artículo 26, Convenio N.69, OIT) -
La creación de la constitución política de Colombia se vuelve un hito para la educación intercultural, pues reglamenta que esta debe ser un derecho para todos los niños, niñas y adolescentes sin distinción alguna. Además de reconocer y proteger la diversidad étnica del país. -
Creada bajo la ley 70 de 1993, a través del cual se establece su carácter obligatorio en el área de ciencias sociales en todos los establecimientos educativos estatales y privados. Con estos lineamientos curriculares se avanza en aspectos teóricos, pedagógicos y temáticos de la catedra d estudios afrocolombianos y se intenta una aproximación al significado histórico, geográfico, político y cultural del término afrocolombiano. -
Se crea la ley 115 con el fin de dar autonomía a las poblaciones indígenas y afrocolombianas en la constitución de un currículo propio centrado en los conocimientos significativos para sus comunidades: "da autonomía a la etnia en asuntos educativos, le da al ministerio de educación la potestad de elaborar las políticas y los indicadores de logro de los programa curriculares" (Loaiza, F. , 2002, p.32) -
Bajo esta ley "estableció la interculturalidad en el corpus de la normativa educativa colombiana. Con esta reforma cobró vida la noción de etnoeducación como parte del servicio educativo que se ofrecía en comunidades y territorios de grupos étnicos. La etnoeducación incursionó en las políticas educativas colombianas, y surgió entonces el concepto de interculturalidad en la redacción de decretos, resoluciones, directivas ministeriales y memorias de eventos del MEN" (Castillo y Guido, 2014, p.3) -
Por la cual "garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos" (MEN, 1997, Artículo 1) -
Esta ley adopta medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración. -
Fue un espacio de discusión y de construcción conjunta donde se elaboró la propuesta del perfil del sistema educativo indígena propio. Desde entonces y a la fecha se han realizado un total de 12 mesas temáticas de educación. -
Esta ley reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de la educación inclusiva. -
Para el año 2010 se reglamenta de manera transitoria la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas, con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas en el marco del proceso de construcción e implementación del Sistema Educativo Indígena Propio SEIP. -
Esta ley dicta medidas específicas para garantizar los
derechos de los niños y las niñas con discapacidad, el acompañamiento a las familias, el derecho a la habilitación y rehabilitación, a la salud, a la educación, a la protección social, al trabajo, al acceso y accesibilidad, al transporte, a la vivienda, a la cultura y al acceso a la justicia, entre otros -
Esta ley se crea con la finalidad de promover la educación inclusiva y el desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes y jóvenes con trastornos específicos de aprendizaje