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Se establecen 4 ministerios (antes así llamados) Secretario de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y de Guerra. (Sierra, S.F.).
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Se establece que habrá cierto numero de secretarias y una ley para los negocios del gobierno.
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Se faculto al presidente para que nombrara los secretarios y cambiara el nombre a los ministerios.
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creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
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se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
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se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal (s.f.:9-8).
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Título Primero, Capítulo único, artículo 1° nos dice cómo está conformada la estructura y la organización de la administración Pública Federal, centralizada y paraestatal.