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La trayectoria de atención a la primera infancia en el país se registra de manera detallada en Colombia por la Primera Infancia2. En 1962 el Ministerio de Educación Nacional creó los Jardines Infantiles Nacionales.
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Con la sanción de la ley 75, nace el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, promovido por el presidente Lleras Restrepo y su esposa, Cecilia de la Fuente. Si bien originalmente su propósito es cuidar de la niñez desamparada, hoy se interesa por “el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias colombianas”.
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En 1976, por primera vez se le reconoce estatus universitario a una actividad que tradicionalmente se le había considerado como algo que no tenía mayor incidencia en la formación y desarrollo del niño. Si bien los métodos de Froebel, Montessori y Decroly ya eran conocidos en los centros académicos y educativos, a la educación preescolar no se le prestaba mucha atención en este sector.
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En 1986, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) aprobó el Proyecto Hogares Comunitarios de Bienestar "como una estrategia de desarrollo humano y una nueva concepción de atención integral, para cubrir la población infantil más pobre de zonas urbanas y núcleos rurales
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El 30 de septiembre de 1990, se suscribió la declaración mundial sobre la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño, comprometiéndose con el plan se acción para el desarrollo de la misma. Dicho plan tiene un objetivo mejorar las condiciones de los niños y generar mundialmente una nueva ética en favor de la infancia en el decenio de los noventas
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La Constitución Política de 1991, en su Artículo 67, establece que "la educación será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y comprenderá como mínimo un año de preescolar"
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Creación del Programa Grado Cero que busca ampliar la cobertura, elevar la calidad y contribuir al desarrollo integral y armónico de todos los niños y niñas de cinco y seis años de edad, en coordinación con los sectores de salud y el ICBF. (Ministerio de Educación Nacional, Ley General de Educación, Ley 115 de 1994).
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La normativa vigente en nuestro país lo reconoce, a través de la Convención de los Derechos del Niño, que integra la Constitución nacional desde 1994 y de sus criterios, que se concretan en la ley 26.061/05 (“Sistema de protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia”).
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El Consejo Nacional de Política Económica y Social, aprobó el 29 de mayo de 1996, el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición 1996-2005, mediante documento CONPES 2847, como herramienta intersectorial para abordar la problemática nutricional y alimentaria fundamentándose en los derechos constitucionales.
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La educación inclusiva significa que todos los niño/as y jóvenes, con y sin discapacidad o dificultades, aprenden juntos en las diversas instituciones educativas regulares (preescolar, colegio/escuela, post secundaria y universidades) con un área de soportes apropiada