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FASE INICIAL DE LA ETAPA DE INVESTIGACION DEL PROCESO PENAL

  • 1 CE

    Investigación Inicial

    Investigación Inicial
    La investigación inicial con la demanda o querella o cualquier otro medio que se haga del conocimiento de un hecho probablemente constitutivo de delito.
    Concluye cuando el imputado queda a disposición del Juez de Control para que se le formule imputación.
  • 2

    Investigación Complementaria

    Inicia desde la formulación de imputación por parte del fiscal y concluye cuando este declara ante el juez de control que queda cerrado el plazo de cierre de investigación.
  • 3

    Sujetos del Proceso

    Sujetos del Proceso
    Los participantes del proceso penal son denominados sujetos procesales:
    -Victima u ofendido.
    -Asesor Jurídico.
    -Imputado.
    -Defensor.
    -Ministerio Público
    -Policías.
    -Jueces.
  • 4

    Audiencia inicial.

    Audiencia inicial.
    La audiencia inicial comprende 3 momentos: el control, la imputación y la vinculación/no vinculación a proceso
  • 5

    Inicio de la audiencia inicial

    El juez le solicita al imputado sus datos personales que son:
    -nombre
    -edad
    -estado civil
    -ocupación
    -percepciones económicas
    -domicilio
    -teléfono
    Estos datos pueden ser aportados de forma publica o privada, según lo decida el imputado.
  • 6

    Acuerdo Reparatorio

    Acuerdo Reparatorio
    El Juez de Control, si proceden o las partes lo piden. Los invita a un acuerdo reparatorio (para delitos que se persiguen de querella, culposos o matrimoniales sin violencia.
    En caso de no solicitar un acuerdo se seguirá con el procedimiento.
  • 7

    Control de Detención.

    Control de Detención.
    El primer acto que realizara el Juez después en la audiencia inicial será el Control de Detención antes e que se proceda a la imputación.
    El Ministerio Público deberá justificar las razones de la detención y el Juez de control procederá a calificarla, examinará el cumplimiento del plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad.
    La defensa pedirá al Juez que decrete de ilegal la detención.
  • 8

    Aclaraciones o presiciones

    El Juez de Control a petición del imputado o de su Defensor, podrá solicitar las aclaraciones o precisiones que considere necesarias respecto a la imputación formulada por el Ministerio Público.
  • 9

    Formulación de Imputación

    Es la comunicación que el Ministerio Público le hace al imputado, en presencia del Juez de Control. de que desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más hechos que la ley señala como delito.
    -El Ministerio Público:
    -Expone al imputado el hecho que le atribuye,
    -La calificación jurídica preliminar,
    -La fecha, lugar y modo de su comisión,
    -La forma de intervención que haya tenido en el mismo,
    -El nombre de su acusador.
  • 10

    Oportunidad para declarar

    Oportunidad para declarar
    Formulada la imputación, el Juez de control le preguntará al imputado si la entiende y si es su deseo contestar al cargo.
    puede guardar silencio y no podrá ser usado en su contra, si su deseo es declarar lo hará conforme a las disposiciones del CNPP.
  • 11

    Intervención a las partes.

    Después que el imputado declara, el juez concede intervención a las partes. (Ministerio Publico, Victima, Asesor Jurídico, Defensa, Imputado).
    El Juez le explica al imputado, que su situación se puede resolver en esta Audiencia, o bien en el término de 72 horas o su ampliación a 144 horas., con el único propósito de ofrecer medios de prueba para demostrar su inocencia o para nombrar nuevo defensor; deberá consultarlo con su DEFENSO y manifestarlo expresamente a este Juzgador.
  • 12

    Vinculación a Proceso

    El Juez de Control cede la voz al Ministerio Público.
    El ministerio público expresa: su señoría con fundamento en el articulo 19 Constitucional en su párrafo 1ro, y el Artículo 313 del CNPP solicito se resuelva sobre la vinculación a proceso.
  • 13

    Medidas Cautelares

    Medidas Cautelares
    Si el imputado solicita el termino o ampliación y el Ministerio Público va a solicitar prisión preventiva (demostrando con elementos suficientes que se trata de un delito grave), se resolverá sobre esta petición, se suspenderá la audiencia y se reprogramara dentro de 72 o 144 horas según corresponde.
    El defensor puede pedir que se desestime esta medida cautelar.
  • 14

    Vinculación a Proceso

    El ministerio público mencionara:
    -Una narración cronologica de los hechos
    -Calificación juridica: nombre del delito y tipo
    -Fecha: Tiempo (cuando, dia, y hora precisas)
    -Lugar y Modo: Direccion, Calle, Numero, Colonia, Ciudad. Como se cometio el delito.
    -Forma de Intervención: Directa, coparticipe, dolosa, culposa.
    -Nombre del acusador: victima u ofendido.
    La defensa contraargumentara, al MP, este hará su replica y la defensa su contra replica.
  • 15

    Resolución.

    El Juez de Control resuelve un auto de vinculación o no vinculación a proceso como lo establece el articulo 319 CNPP., que establece lo siguiente:
    -Libertad del Imputado
    -Revoca las providencias precautorias y las medidas cautelares.
    -El Ministerio Público puede continuar con la investigación para formular nuevamente imputación.
  • 16

    Vinculación a proceso efectiva y Medidas cautelares.

    Al realizarse una vinculación a proceso, el Ministerio Público podrá solicitar al Juez alguna o varias de las siguientes medidas cautelares.
    -Presentacion periodica ante el juez o autoridad nombrada.
    -Garantia economica.
    -Embargo de bienes.
    -Inmovilización de cuentas
    -No salir del país sin autorización.
    -Sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona.
    -Separación inmediata del domicilio.
    -Resguardo en su domicilio
    -Prisión preventiva, entre otras.
  • 17

    Resolución del Juez y las medidas cautelares.

    Resolución del Juez y las medidas cautelares.
    Ante la solicitud del MP de las medidas cautelares la defensa puede solicitar que estas no sean aplicadas.
    El Juez resolverá si estas son aplicadas o no, fundamentandose en el artculo 159, que nos dice que la resolución que establezca una medida cautelar debe contener lo siguiente:
    -La imposición de la medida cautelar y la justificación que motivó el establecimiento de la misma.
    -Los lineamientos para la aplicación de la medida.
    -La vigencia de la medida.
  • 18

    Cierre de la Investigación.

    El Ministerio Público solicitara al Juez el tiempo que considere necesario para la investigación necesaria.
    La defensa pedirá que sea el menor tiempo solicitado.
    El juez resolverá de 2 meses si el delito que se imputa la pena no excede de 2 años de prisión y de 6 meses si la pena excede de ese tiempo.
  • 19

    Bibliografía

    Código Nacional de Procedimientos Penales. Consultado desde https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf. Consultado el 02/02/2023 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf. Consultado el día 02/02/2023