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Aquí se hace el reconocimiento al derecho de la vida privada de las personas.
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Se establece el derecho a la información a los ciudadanos y que será garantizado por el Estado.
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Se crea esta ley que incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público y en donde adeas se designó como órgano garante del derecho de acceso a la información y el de protección de datos personales, al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.
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Se trataba de las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva.
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Con motivo del aniversario de la firma del Convenio 108 sobre la protección de los datos personales, el Comité de Ministros del Consejo de Europa reslvió declarar este día a la protección de datos personales.
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El cual tuvo por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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Marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
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El artículo 16 constitucional establece el derecho fundamental de los individuos al adecuado tratamiento y la protección de sus datos personales mientras que en el artículo 73 faculta al Congreso Federal para expedir una Ley de Protección de datos en posesión de los particulares.
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Que como su nombre lo dice aplica para los datos que estén en poder de privados.
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El Congreso le otorga a este Instituto el carácter de organismo constitucional autónomo, especializado, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información y de protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados.