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se publica la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en ésta se incluye el derecho a la protección de datos personales
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primer instrumento de carácter internacional en materia de protección de datos.
Establece que los datos personales deben recolectarse y tratarse con fines legítimos y no para otros propósitos; que no deben
conservarse más de lo estrictamente necesario de acuerdo con el fin para el cual fueron recolectados; que sean verdaderos, y que no sean excesivos. -
garantizó la continuidad de las libertades básicas, con la formulación de un nuevo derecho, el derecho a la autodeterminación informativa. (derecho a la intimidad)
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publicada en el Diario Oficial de la Federación, es el primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales
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incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público
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El organismo es encargado, fundamentalmente, de:
Garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.
Proteger los datos personales que están en manos tanto del gobierno federal, como de los particulares.
Resolver sobre las negativas de acceso a la información que las dependencias o entidades del gobierno federal hayan formulado.
En 2015 cambia su nombre a Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales -
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tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva
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el Comité de Ministros del Consejo de Europa resolvió declarar el 28 de enero
como el “Día de la protección de los Datos Personales” -
Consistió en dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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Las fracciones II y III del artículo 6 de nuestra constitución son las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales, dando continuidad a la labor iniciada por el legislador a través de la Ley Federal de Transparencia
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se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la
protección de datos personales en poder de los particulares -
Se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Se introduce al más alto nivel de nuestra Constitución, el derecho de toda
persona a la protección de su información. -
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su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. El INAI es el organismo encargado de garantizar este derecho.