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Después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconocido a nivel internacional el derecho de la protección de datos personales.
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Después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconocido a nivel internacional el derecho de la protección de datos personales.
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Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, la que incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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Dando continuidad a la labor iniciada por el legislador a través de la Ley Federal de Transparencia, en las fracciones II y III tienen la virtud de ser las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales.
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Ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.), así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación la reforma de aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
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Se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos constitucionales del Senado de la República, en la cual se discutió y aprobó el pre- dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores,un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma, en relación a la reforma del artículo 16 constitucional también impacta en la temática de la protección de datos.
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Dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes; iniciativa fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, que elaboraron el dictamen correspondiente para su lectura y aprobación por el Pleno del Senado.
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El dictamen correspondiente se agendó para primera lectura y le fueron dispensados los trámites correspondientes. Finalmente, se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna, turnándose a las legislaturas de los estados.
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Por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Y con las reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales con las que se otorgo el reconocimiento pleno a la protección de datos como derecho fundamental y autónomo.
Es hasta 2009 cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de dicho año. -
El Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009. Derivado de lo anterior, el Estado Mexicano reconoció el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo; asimismo, se establecieron las bases para expedir legislación que regulara el tratamiento de datos personales en posesión de particulares.
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
2009, la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto (artículo 73 constitucional). -
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Ello indica que a seis años de su vigencia los mecanismos para su cumplimiento, vigilancia y sanción deberían tener contundentes avances.
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La Secretaría de Gobernación publicó la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la cual entró en vigor el 27 de enero del 2017..
En el Diario Oficial de la Federación, indica que el Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar por que terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla. -