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Señala el derecho a la intimidad en el artículo 12, refiriendo a que toda persona debe ser protegida ante injerencias arbitrarias en su vida privada
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En Suecia entra en vigor una de las primeras leyes en el mundo para la protección de la información de particulares
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Estados Unidos de América. Se expidió la primera ley de carácter ¨General¨. En esta norma se definió la obligación de contar con el consentimiento expreso del titular de los datos
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Alemania aprovo la ley BDSG la cual impide casi por completo a cualquier institución transmitir cualquier dato personal sin el consentimiento expreso de la persona
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Protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales
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Ha traído como consecuencia el empleo intensivo de información, así mismo, particularmente en México, la legislación en materia de Protección de Datos Personales ha evolucionado rápidamente.
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Protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
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Regulación de los archivos de datos personales informatizados
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Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
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Tratamiento de los datos personales y protección de la intimidad en el sector de las telecomunicaciones
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Ley Orgánica española que tenia por objeto garantizar y proteger en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor, intimidad y privacidad personal y familiar.
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Se incluye la previsión general respecto a la posesión de datos del sector público (consentimiento, información, seguridad, calidad,etc) así como sus debidas disposiciones
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Tratamiento de los datos personales y protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas)
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Se crea debido a que manifestaron su preocupación frente a la protección de datos personales como un derecho fundamental de las personas y destacaron la importancia de las iniciativas regulatorias iberoamericanas para proteger la privacidad de los ciudadanos
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Publicadas por el IFAI, Considera como obligaciones para los entes públicos federales: Obtener el consentimiento, informar los propósitos para tratar los datos personales y adoptar las medidas técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales
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Tratamiento de los datos personales y protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes publicas de comunicaciones
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requiere, entre otras cosas, que los operadores de datos rusos deban adoptar una política de privacidad que describa cómo procesan los datos personales
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Se prevé la necesidad de contar con una Ley federal que garantice la protección de Datos Personales en posesión de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales
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Su objeto fue dotar de facultades al congreso federal para la legislación de protección de datos en posesión de los particulares
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Se adiciona un parrafo con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma
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Artículos 16 y 73 constitucional, con los que se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomO
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Se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los
usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva
2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector
de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) no 2006/2004 sobre la cooperación en materia
de protección de los consumidores -
Esta ley pretende salvaguardar el respeto a la privacidad, dignidad e información de las personas, en ella se establecen 4 derechos fundamentales que tienen los individuos sobre su información en posesión de cualquier persona física o empresa particular, son los denominados Derechos ARCO: Acceso, Rectificación, Corrección y Oposición.
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La presente Ley tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen.
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