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1.- La globalización Económica y Política.
2.- La era de la información y acceso a ella.
3.- Combate a la corrupción
4.- Protección del medio ambiente -
Cruz Barney, Ó. (enero-junio de 2011). Antecedentes Jurídicos de la Transparenciay acceso a la información en México. Revista de Derecho Comparado de la Información(17), 69-88.
Salazar Ugarte, P., & Vásquez Sánchez, P. S. (2008). La Reforma al Artículo 6° de la Constitución Mexicana: Contexto Normativo y alcance Interpretativo. El Derecho de Acceso a la Información en la Constitución Mexicana: razones, significados y consecuencias, 35-67. -
Establece en su artículo 371, establece que todos los españoles tienen la libertad de escribir, imprimir publicar sus ideas políticas.
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Arreglo de tribunales y sus atribuciones, en su artículo 29 establece un principio de acceso a la información
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Establece en su artículo 37 que a ningún ciudadano debían coartarle la libertad de reclamar sus derechos ante los funcionarios públicos; y en el artículo 38 que ningún género de cultura, industria o comercio podrían ser prohibido a la ciudadanía , excepto los que forman la subsistencia pública. La libertad de hablar, de andar y manifestar sus opiniones por medio de la imprenta, no debía prohibirse a ningún ciudadano a menos que en sus producciones ataque el dogma
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Establece en el articulo 50, fracción III, dentro de las facultades exclusivas del Congreso el proteger y arreglar la libertad política de imprenta.
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Estableció dentro de los derechos de los mexicanos el de poder imprimir y circular, sin necesidad de previa censara, sus ideas políticas.
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Consagro en el articulo 7° la inviolabilidad de la libertar de escribir y y publicar escritos sobre cualquier tema, y en el articulo 8° el derecho de petición.
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En 1975 se planteo por primera vez el derecho a la información, dentro del Plan Básico de Gobierno 1976-1982, al establecer que el derecho a la información constituye una nueva dimensión de la democracia y una forma de respeto al pluralismo ideológico.
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el Presidente José López Portillo planteó una serie de reformas constitucionales que llevaron a la redacción del artículo 6° constitucional en el que se estableció que el derecho a la información sería garantizado por el Estado.
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La Organización de las Naciones Unidas creó un Comité de Información del cual México forma parte, y cuya función es la creación de políticas en materia de organización, desarrollo y acceso a la información de la propia organización, bascando crear una base de datos "compresible, precisa, imparcial y actualizada".
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Se buscó afinazar el ingreso de inversiones al país, estrechar las relaciones económicas con Estados Unidos.
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Entró en vigor el Tratado de Libre comercio con América del Norte. En cual fue firmado por los representantes de los tres países el día 17 de diciembre de 1992
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En ella se Estableció el grupo de trabajo sobre la Transparencia de la Contratación Pública.
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Afirmó por primera vez que el derecho al al información debía ser entendido como un paso una garantía individual.
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Los ministros reconocen los argumento en favor de un acuerdo multilateral relativo a la transparencia de la contratación pública.
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Se elaboró un anteproyecto de ley de acceso a la información, sujetandose al debate desde la sociedad civil
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Se presentó el documento conocido como Declaración de Oaxaca con diversas propuestas sobre de acceso a la información, elaboradas por un grupo que se conocia como Grupo Oaxaca que elaboró un "Decálogo de derecho a la información"
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Esta Ley da origen a la creación del Instituto Federal de Acceso a la información (IFAI) y los Estados de la República empiezan a crear sus propias disposiciones estatales.
En esta Ley en su articulo 3°, fracción II, apartado el cual habla del la protección de Datos Personales. -
El Congreso General de la OMC adoptó una decisión que abordaba, entre otras cosas, la cuestión de transparencia de la contratación pública.
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Firmada por los Gobernadores de Zacatecas, Aguascalientes y Chihuahua para que la reforma constitucional obligara a todos los órganos públicos a transparentar sus principales indicadores de gestión.
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Firmada por los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua, Veracruz, Zacatecas y el jefe de gobierno del Distrito Federal, dentro del segundo Congreso de Transparencia Local. en su artículo 6° establece que el derecho a la información sera garantizado por el Estado, y se regirán por los principios y bases aquí establecidas.
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Se anexan un segundo párrafo y siete fracciones al articulo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.