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Evolución del notariado en México

  • 528

    Reglamentación Justiniana del documento tabeliónico

    Regulación de la actividad notarial del tabellio por parte de Justiniano del Imperio Romano.
  • 887

    Libro del Prefecto

    Creado por el Emperador del Oriente, León VI, reglamentaba la actividad del notario y los requisitos para ser aspirante a notario.
  • Period: 1214 to 1233

    Rraniero de Perugia

    Creador de las obras Liber Formularius Contractuum ac Instrum (1214) y de Ars Notaria (1226-1233), siendo el punto de partida para el desarrollo notarial.
  • 1242

    Ars Notariae

    Obra creada por, Salatiel de Boloñia, nos daba la función y practica del notarial.
  • Period: 1255 to 1273

    Rolandino Passaggeri

    Creador de la obra Summa Artis Notarie, siendo esta la más famosa que se haya escrito acerca del arte de la redacción y técnica notariales.
  • Period: 1256 to 1265

    Siete Partidas

    El rey Alfonso X el Sabio de Castilla y León, crea la obra, Siete Partidas, de carácter jurídico y dedicado a la fe pública, al igual que la actividad del escribano.
  • Oct 8, 1512

    Constitución Imperial sobre el Notariado

    Bajo el mando del Emperador Maximiliano I de Austria, se crea una obre que contemplaba el acceso a la función notarial, la necesidad de la "rogatoria" y la obligatoriedad del servicio profesional. También da los requisitos del documento notarial, la manera de llevar el protocolo, la actuación en la audiencia notarial. la responsabilidad
  • Period: 1535 to

    México Colonial

    Durante el virreinato estuvieron vigente las leyes que se regían en Castilla, recibiendo toda la tradición romanista a través de las Leyes de Indias, Las Siete Partidas, La Novísima Recopilación y las Leyes de Toro entre otras.
  • Ley del 25 de Ventoso

    Ley reguladora del Notariado de Francia, realizada por Napoleón Bonaparte, es considerado el origen del notariado moderno.
  • Constitución de 1824, México

    Se continua con la costumbre colonial de los oficios públicos vendibles, renunciables y también la escribanía.
  • Decreto de la Secretaria de Justicia 1 de agosto de 1831, México

    Establece los requisitos para poder obtener título de escribano de en D.F.
  • Decreto de 30 de noviembre de 1834, México

    Establece la Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal del D.F y continua con la legislación castellana en donde le da al escribano de diligencias, funciones de escribano público que trabajaba al mismo tiempo como secretario en los tribunales civiles y criminales.
  • Constitución de 1836, México

    Con la aplicación de Las Siete Leyes, se estable el Centralismo como sistema de organización política y legislación del escribano es de aplicación nacional.
  • Ley de Arreglo Provisional de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común, México

    Requisitos para realizar escribanía, siendo estos examen teórico en el Colegio de Escribanos y presentar teórico-práctico celebrado por el Tribunal Superior.
  • Medidas de Conservación, México

    Se dictan medidas sobre la conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos.
  • Adquisición de Escribano

    El oficio de escribano se podía adquirir por comprar yo herencia, era vendible y enajenable, según el Manual del Litigante Instruido.
  • Decreto de 30 de noviembre 1846, México

    En la Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal del D.F, en cada juzgado de lo civil debe estar anexos dos oficios públicos, vendibles y renunciables que atenderán los escribanos propietario de ellos.
  • Decreto del 19 de diciembre 1846, México

    Decreto en relación con los oficios públicos vendibles y renunciables y el oficio de hipotecas aprendidos por los escribanos, requisitos que estos deben cumplir como matricularse en el Colegio.
  • Decreto del 26 de agosto 1852, México

    Los escribanos presenten a la corte de justicia un inventario de sus protocolos y da los lineamientos para su conservación y vigilancia.
  • La Comunicación del Ministro de Justicia, México

    Establece que los escribanos practiquen por si mismos las diligencias judiciales.
  • Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común 1853

    Escribanos continúan integrados al Poder Judicial, permanecen los oficios públicos vendibles y renunciables, al igual que requisitos para ejercer cargo de escribano.
  • Decreto del Ministro de Justicia, Negocios, Eclesiásticos e Instrucción Pública

    Impone a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos, una vez muerto el testador.
  • DECRETO DEL 12 DE JUNIO DE 1855

    Entra en vigor el decreto sobre la actividad de los escribanos (notarios), anotadores del oficio de hipotecas, es decir, el Registro Publico de la Propiedad.
  • Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticos

    Obligaba a loa notarios a vigilar y asegurar el cumplimiento de esta ley y de las de nacionalización.
  • Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano

    sobrevisto por Maximiliano Emperador de México, fue la primer ley orgánica de notarios,
  • Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del D.F

    Bajo el mando de Benito Juárez, esta ley termino con la venta de notarias, separo la actuación del notario y la del secretario del juzgado , sustituyo el signo por el sello de autorizar.
  • Archivo General de Notarias

    Se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo previamente encuadernado y se le da al notario la categoría de funcionario público.
  • Ley del Notariado Para el Distrito y Tarritos Federales

    Excluye a los testigos de la actuación notarial, establece examen de aspirante a notario, dio al Consejo de Notarios el carácter de órgano consultivo del Departamento del D.F
  • Ley del Notariado para el Distrito Federal

    Se establece el examen de oposición como medio de acceso al notario.
  • Ley del Notariado para el Distrito Federal 1980

    La nueva ley modifica la anterior, siendo estos el establecimiento del protocolo abierto, regula al notario como licenciado en derecho, y ser crea el Libro de Registro de Cotejos.
  • Ley de Notariado para el Distrito Federal de 1986

    Se modifico la definición de Notario pues se sustituye la terminología de funcionario publico por la de Licenciado en Derecho.
  • Ley de Notariado para el Distrito Federal de 1986 1994

    se modificaron varios artículos en donde se establece que el protocolo ordinario será abierto, será conformado por folios enumerados y sellados que se encuadernarían por libros integrados por doscientos folios, por ultimo se creo el Libro de Registro de Cotejos para simplificar este tipo de actas.
  • Ley de Notariado para el Distrito Federa 1999

    dentro de sus modificaciones mas importantes se encuentran la ampliación de la tramitación de sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.