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Personaje “Tabellio” perito en la escritura y conocedor de las leyes.
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Se imparte catedra por primera vez sobre el notariado y la sistematización de los conocimientos notariales por Rolandino Passegueri, Salatiel y Raniero de Perugia.
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El emperador de oriente Leon VI, el Filosofo lo establece en la constitución CXV, reglamentando las actividades y cualidades del notario
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El rey Alfonso X, el sabio, dedica la III a la fe publica y la actividad del escribano.
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Desde el primer momento que los españoles llegaron a América estuvo presente la institución notarial. Quien hizo el acta y dio fe de haber llegado a "las indias" fue Rodrigo de Escobedo, primer escribano que pisó el nuevo mundo.
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El rey Maximiliano I de Austria, dicta la Constitución Imperial sobre el Notariado
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Se funda el Real Colegio de Escribanos de México el 8 de marzo de 1524, actualmente conocido como "Colegio de Notarios de la Ciudad de México".
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Durante el México colonial se aplicaron en temas de escribanos y notariales las Leyes de Indias
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Legislado por Napoleón Bonaparte, que es considerada la base del notariado actual.
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Requisitos para obtener el título de escribano en el DF.
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Establecía como forma de ingreso a la escribanía presentar un examen en el Colegio de Escribanos y un examen teorico-practico en el Tribunal Superior
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Se dictan medidas de conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos.
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Establece que el oficio de escribano se podía adquirir por compra o herencia además de ser vendible y enajenable.
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“Sobre los oficios públicos vendibles y renunciables y sobre los oficios de hipotecas atendidos por los escribanos y los requisitos que éstos deben cumplir para matricularse”
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Siendo Comonfort presidente de la república, dictó la Ley de Desarmotización de los Bienes Eclesiásticos. A partir de este ordenamiento existieron varias disposiciones que obligaban a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley y de las de nacionalización.
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Se toma como ejemplo en las legislaciones de américa latina.
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Maximiliano fue proclamado emperador de México. Durante su imperio se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio del Escribano. Esta ley estuvo vigente en toda la república hasta el 27 de mayo de 1867.
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A dos años de expedida la ley de Maximiliano, Benito Juárez promulgó el 29 de noviembre de 1867, la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal.
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En el siglo XX se promulgó y tuvo vigencia la Ley de 19 de diciembre de 1901, por la que se crea el Archivo General de Notarías. En este se exige el uso del protocolo previamente encuadernado, así como se eleva al notario a calidad de funcionario público.
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La ley previamente mencionada quedó abrogada por la entrada en vigor de la Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales. En esta, se evoluciona en lo siguiente:
1. Excluyó a los testigos de la actuación notarial.
2. Estableció el examen de aspirante a notario. El jurado se integraba por cuatro notarios y un representante del Departamento del Distrito Federal;
3. Dio al Consejo de Notarios el carácter de órgano consultivo del Departamento del Distrito Federal