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Proscribieron la tortura, por bárbara
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En el artículo 297 de la Constitución de Cádiz, de 1812, se ordenó disponer las cárceles "de manera que sirvan para asegurar y no para molestar a los presos: así el alcaide tendrá a éstos en buena custodia, y separados los que el juez mande tener sin comunicación, pero nunca en calabozos subterráneos ni malsanos".
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"Debe reprimir la ley todo rigor que no se contraiga precisamente a asegurar las personas de los acusados"
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"crear y reglamentar establecimientos de beneficencia, corrección o seguridad" (artículo 134, fracción VIII).
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La reforma de las cárceles ocupó al Gobierno desde los primeros días de su instalación; aunque obra muy larga el establecimiento de Penitenciarías, cuando no se podía disponer para él de fondos considera-bles, se ha avanzado lo posible, existiendo ya una casa de corrección para jóvenes delincuentes, y estando en vía de ejecución los trabajos para ir planteando los demás establecimientos que previene la ley.
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La pena de muerte da un paso, pues la proscribe de manera total para todos los delitos de cu competencia.
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La tarea quedó en suspenso durante la intervención francesa; removido el espurio gobierno de Maximiliano, se volvió a la empresa interrumpida bajo la dirección de Antonio Martínez de Castro, ministro de Justicia del presidente Juárez
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Regla general, las penas corresponde exclusivamente a la autoridad judicial y que los jueces no podrán aumentar ni disminuir las penas traspasando el máximo o el mínimo de ellas.
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se inauguró la penitenciaría de aquella ciudad, con asistencia del dictador. En esa misma fecha se promulgó el decreto que abolía la pena de muerte en Puebla. Se había cumplido el compromiso contraído, casi cuarenta años antes, bajo el artículo 23 de la Constitución federal.
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La finalidad de la pena era corregir a un delincuente mediante un tratamiento progresista.
Se realizaba un informe de cada persona con el fin de tener cambiar su forma de pensar y tener a una mejor persona moral. -
el diputado José María Truchuelo sostuvo que
las autoridades penitenciarias habrían de recabar informes para saber “si las condiciones en que se encuentran por los informes que día a día se recaben" -
Reformas al sistema de justicia.
Cambio e paradigma, se ve a una persona moralmente desviada o psicologicamente mal.
Se busca que las personas tengan un tratamiento con el fin de que cambien las personas moralmente. -
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Resolución, Convención Americana sobre Derechos Humanos.
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La Comisión consideró que los estudios de personalidad aplicados en el sistema penitenciario de nuestro país contravienen disposiciones de la Convención cuando se aplican a personas
procesadas -
En la redacción de este apartado fueron invaluables las contribuciones pioneras de Alberto Bovino en “Control judicial de la privación de libertad y derechos humanos”
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Va enfocado a los derechos humanos.
Se ve el derecho penal en todos sus ámbitos, aquí la suprema corte de la justicia de la nación nos habla de dos diferentes ramas del derecho penal.
La pena se impone dependiendo de la dis funcionalidad. -
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48º período
de sesiones del Comité contra la Tortura. Parte de los trabajos preparatorios de este
documento puede consultarse en: www.miguelsarre.com -
Quinto informe anual del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.