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Durante la época colonial se aplicaron las Leyes de Indias y las Leyes de Castilla. Procedían con discrecionalidad los alcaldes, gobernadores y las audiencias, introducidas por España.
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En el Rio de la Plata se crea el consulado de Comercio de Buenos Aires, aplicando las ordenanzas de Bilbao de 1737, las Leyes de Indias y por último las Ordenanzas Reales de Castilla. Tenía funciones judiciales y administrativas. Los litigios debían resolverse por el Consulado y cabía apelación cuando el pleito excedía los mil pesos.
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La Asamblea del año 1813 creo la matricula para comerciantes
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Se dicto una ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Gestión de Rivadavia se dictaron decretos sobre: actos de comercio, causas de comercio, alzada de comercio.
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Rosas suprimió las moratorias de acreedores por ellos busos cometidos. Derogado en 1858.
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Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield presentan el proyecto de Código de Comercio para el Estado de Buenos Aires, en ese entonces separado de la Confederación Argentina.
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Fue sancionado el Proyecto por la Legislatura. Sus principales fuentes fueron los Códigos de Francia, España, Portugal, Holanda, Brasil y el proyecto de Wutemberg.
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El Congreso Nacional lo declaró al Código de Comercio, Código Nacional por ley.
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Las principales modificaciones fueron: : 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Supresión del requisito de la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. Con tantos Decretos modificatorios y complementarios es poco lo que queda del Código de Comercio.
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El 01/08/2015. El código de comercio fue derogado y pasó a regir el Código Civil y Comercial de la Nación. Se puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.