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El antecedente más antiguo sobre el Derecho Civil lo encontramos en la época del imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban al Derecho Civil:
·Ius civil. Derecho de los romanos entre si basado en sus propias relaciones.
·Ius gentium. Derecho natural regulaba a los ciudadanos romanos en sus relaciones con los extranjeros -
El contenido de estas leyes comprendía todo el derecho en Roma, privado y público; y las acciones judiciales que podían ejercer los ciudadanos romanos en defensa de sus derechos. -
Se da la caída del Imperio Romano de Occidente y con ello el inicio de la Edad Media. La invasión de los pueblos bárbaros que la provoca definitivamente acaba también de manera oficial con el derecho de Roma -
Fue emperador del Imperio romano de Oriente desde el 1 de agosto de 527 hasta su muerte. Durante su reinado buscó revivir la antigua grandeza del Imperio romano clásico, reconquistando gran parte de los territorios perdidos del Imperio romano de Occidente.
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El emperador bizantino Justiniano ordenó que se llevara a cabo una extensa compilación de las leyes romanas, a la cual llamo: Corpus Iuris Civilis. De ahí que los glosadores y comentaristas mostrasen una mayor atención hacia normas e instituciones privadas (circulación de los bienes, derechos sobre ellos, situación de las personas, etc.). Empieza, por tanto a abrirse camino la idea de Derecho civil como Derecho privado. -
Los glosadores de Bolonia, analizan los textos del Corpus Iuris Civilis y se convirtió en la fuente primordial del conocimiento del Derecho Romano, posteriormente en el siglo XIV surgen los postglosadores tratando de adaptar el pensamiento de los glosadores. -
El Papa Gregorio IX fue jefe de la Iglesia Católica y gobernante de los Estados Pontificios desde el 19 de marzo de 1227 hasta su muerte. Fue autor de los Decretales, también llamadas colectivamente Liber extra, los cuales fueron una fuente importante del derecho canónico medieval.
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Adquiere una importancia relevante a partir de las Decretales de Gregorio IX. El derecho canónico es el conjunto de leyes y reglamentos elaborados o adoptados por la autoridad eclesiástica, para el gobierno de la organización cristiana y sus miembros. -
Las Siete Partidas es un cuerpo normativo redactado en Castilla, durante el reinado de Alfonso X, con el objetivo de dar uniformidad jurídica al Reino. -
La cristalización definitiva del Derecho civil como Derecho nacional y privado se opera con la codificación.
La codificación se identifica inicialmente con un intento de insuflar en los ordenamientos jurídicos unos determinados ideales de carácter político, económico y social. -
Napoleón I Bonaparte fue un general y gobernante francés del siglo XVIII y XIX, conocido por llegar a conquistar y controlar la mayor parte de Europa occidental mediante una avanzada y agresiva estrategia militar y de alianzas. Tras una década de éxitos militares, la proclamación de emperador de los franceses y rey de Italia e incluso el establecimiento de su propio código civil (el Código Napoleónico o Código Civil Francés)
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Es uno de muchos de los documentos fundamentales de la Revolución francesa en cuanto a definir los derechos personales y los de la comunidad, además de los universales. Influida por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del hombre se entienden como universales. -
Tras diferentes movimientos de codificación algunos países adoptaron el Código Napoleónico, el italiano o el español. Sin embargo, algunas naciones optaron por crear el propio.
Código Civil Mexicano
Código Civil Chileno
Código Civil Brasileño
Código Civil Argentino -
Es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo, y uno de los textos legales más influyentes de la historia. Este código recopila toda la tradición jurídica francesa y termina definitivamente con la estructura monárquica anterior. -
Fue un abogado y político mexicano, de origen indígena, presidente de México en varias ocasiones.
Se le reconoce como uno de los principales impulsores de las leyes de reforma. -
Escritor, novelista, historiador y jurisconsulto mexicano.
Hizo un gran aporte al derecho civil mexicano ya que fue quien, por encargo del presidente Benito Juárez, realizó el primer proyecto de código civil en México. -
Con la promulgación de la Constitución de 1824 da inicio la primera etapa federal de la nación mexicana. Dado que esta no otorgaba la facultad de legislar sobre la materia civil al congreso, se entendía que esta facultad se reservaba a los estados que conformaban la nación. -
El primer Código Civil mexicano, creado dentro del sistema federal, fue el Código Civil de Oaxaca, y se promulgó entre 1827 y 1829. El título preliminar y el libro primero fueron promulgados por decreto núm. 29 del 2 de noviembre de 1827 expedido por el gobernador José Ignacio Morales, dividido en 13 títulos y 389 artículos. -
Las Leyes de Reforma fueron un conjunto de leyes promulgadas en México entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. El objetivo principal de estas leyes era la separación de la Iglesia y el Estado. Las reformas establecidas en estas leyes fueron más radicales que las de la Constitución de 1857, y según los colaboradores del presidente, completaban la constitución. -
El código de 1870, escrito por Manuel Yañez, Don José Maria Lacunza, Don Isidro Montiel, don Rafael dondé y Joaquín Eguia, con adoctrinación francesa y guíados en el pensamiento liberal. Este código presenta como influencia no solo al proyecto de Justo Sierra y al Código del Imperio, en él también se encuentra la influencia del Código portugués y de la Ley Hipotecaria española de 1869. En su contenido, destacan la regulación del divorcio por separación y la institución de “la legítima” -
El derecho civil mexicano se divide en tres periodos, el prehispanico, el hispanico, y el del Mexico independiente. Estos tres lapsos no solamente fueron importantes historicamente sino tambien fueron de gran relevancia en la evolucion del derecho civil.
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Sus disposiciones son muy parecidas a las del código de 1870. Destacan entre las diferencias, la abolición de la “legítima” y con eso la institución de la libertad de testar, además del divorcio por mutuo consentimiento sin disolución del vínculo matrimonial. -
Consta de 137 artículos.Estos artículos definen lo que significa la ciudadanía, la organización de un gobierno, la reforma agraria, y enumeran una serie de derechos humanos básicos para todos los mexicanos. -
Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Entró en vigor el 1 de junio de 2000.
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