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En 1904 Joaquín V. González envía el primer proyecto de ley de trabajo al Congreso Nacional.
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Al año siguiente se sancionó de la primera ley laboral que prohíbe el trabajo dominical.
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Se sancionó la ley regula trabajo de niños y mujeres.
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La primera ley regulatoria de los accidentes del trabajo, modelo y precursora en nuestro continente que estuvo vigente, con distintas modificaciones, hasta 1991
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Surgen los primeros estatutos especiales, por ejemplo: Estatuto del bancario y el de los trabajadores a domicilio.
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Se inicia una nueva época en la transformación de la legislación y de las relaciones laborales en nuestro país, a partir de la implementación desde el ámbito oficial de una concepción social, por la cual el derecho del trabajo y de la seguridad social comienzan a ser entendidos como los elementos fundamentales para lograr el desarrollo y la justicia social.
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La reforma de la constitución hizo que el derecho del trabajo alcance su rango constitucional, al incorporar los derechos al trabajo, a la retribución justa, a la capacitación del trabajador, a las condiciones dignas de trabajo, al cuidado de la salud, al bienestar personal y familiar del trabajador, a la seguridad social, al progreso económico y a la agremiación.
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Se produjo una nueva reforma de la Carta Magna, incorporándose el articulo 14 bis, que consagra los derechos del trabajador, los derechos sindicales y los provenientes de la seguridad social.
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Se sanciona una ley de empleo que importa el inicio de la desregulación en materia laboral. Así se modificaran por decretos y por leyes el régimen indemnizatorio, el sistema de accidentes de trabajo, un régimen de flexibilización laboral, un régimen para la pequeña y mediana empresa, y en materia de seguridad social la ley del sistema integrado de jubilaciones y pensiones.