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En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma llamado Data Inspektion Board. -
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Entra en vigor una ley de carácter general titulada Privacy Act
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Países como Canadá, Francia, Dinamarca,
Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales. -
En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
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Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto.
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Es en 1997 cuando Brasil como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos.
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Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental.
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México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
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El 27 de marzo de 2007, se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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El 6 de Marzo de 2006 se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada.
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El dictamen de referencia se aprueba por unanimidad y en la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibe la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, para los efectos constitucionales conducentes.
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Desde julio de 2007 se comienzan acciones con la intención de legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares.
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El 25 de noviembre de 2008, se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
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El 4 de diciembre de 2008, el dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención sin modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos conducentes.
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En 2009 la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta el Congreso Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de Junio de dicho año.
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A nivel estatal, los estados de Colima, Jalisco y Tlaxcala cuentan con leyes de protección de datos para el sector público y privado. Los Estados de Guanajuato, Coahuila, Oaxaca y el Distrito Federal sólo regulan la protección de datos personales en posesión del sector público. Por otra parte, la mayoría de las legislaciones estatales contienen un capítulo de protección de datos personales.
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El IFAI expide la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP.