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No existía el derecho autónomo del individuo a publicar sus opiniones, todo libro y periódico requería una licencia previa
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Las autoridades coloniales pidieron autorización para establecer una imprenta
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Primera constitución, la de Cundinamarca
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la libertad de imprenta “absoluta”, los ciudadanos tenían el derecho a expresar sus opiniones “sin limitación alguna”.
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El presidente Mariano Ospina Pérez, en desarrollo del artículo 121 de la constitución, decretó la censura previa de la prensa y la radio. Ese mismo día las autoridades impidieron la circulación del periódico El Espectador
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Se volvió a la formula tradicional y convencional de prensa libre pero responsable: el decreto legislativo 271 de 1957 fijo las reglas básicas para su aplicación
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Un medio alternativo de comunicación comunitaria para la discusión y aporte sobre la diversa problemática de la localidad y la ciudad en los ámbitos social y económico, cultural, bienestar, salud, educación, juventud, género
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Artículo 20: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir sus pensamientos y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial y la de fundar medios masivos de comunicación".
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Casa Editorial EL TIEMPO revolucionó el mundo de los medios de comunicación lanzando la primera página de Internet de un medio de comunicación colombiano. En www.eltiempo.com se colgaba el mismo contenido de la versión impresa
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Difusión de información sobre acontecimientos que sucedan en el barrio Ciudad Salitre
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Medio alternativo de la localidad de Fontibón, brinda un espacio de formación a los periodistas comunitarios. Creando dinámicas positivas que contribuyan en una sociedad incluyente y comunitaria.
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Enfoque netamente comunitarios. Periódico de los barrios Hayuelos, La Felicidad, Capellanía, Modelia, en la Localidad de Fontibón en Bogotá. Publicación mensual.
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Gestor y defensor de los intereses sociales comunes y del Espacio Público
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Periódico de la comunidad