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Como desarrollo sociocultural; las sociedades contemporáneas han procurado reivindicar los derechos de los seres humanos.
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Retoma la Declaración Universal de los D.H. para afirmar el principio contra la discriminación y derecho de todos a la educación.
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La expresión justicia social, una ‘fórmula vacía, usada para afirmar que una demanda particular se justificaba sin dar ninguna razón’.
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Asume el derecho de todos los niños a recibir una educación sin discriminación.
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Promueve, mediante la educación básica para todos, la idea de la educación inclusiva.
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"todos los colombianos gozan de la misma igualdad de derechos y deberes, y el Estado debe garantizar a cada ciudadano dicha condición. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura ((Const. 1991, Art 67)."
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Suscita la inventiva de la integración en el ambiente escolar.
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Concertar que "las escuelas deben acoger a todos los niños, independientemente de sus condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales, lingüísticas u otras. Deben acoger a niños discapacitados y niños bien dotados, a niños que viven en la calle y que trabajan, niños de poblaciones remotas o nómadas, niños de minorías lingüísticas, étnicas o culturales y niños de otros grupos o zonas desfavorecidos o marginados".
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Jaquees Delors presenta un informe de la Comisión Internacional sobre la educación para el siglo XXI, a la UNESCO, con el que postula cuatro principios y propósitos de la educación; el último de ellos aborda directamente la cuestión de la inclusión: aprender a ser, aprender a hacer, aprender a aprender, aprender a vivir juntos.
http://innovacioneducativa.uaem.mx:8080/innovacioneducativa/web/Documentos/educacion_tesoro.pdf -
Reclama la necesidad de que todos los colombianos se sientan incluidos en un mismo proyecto, desde la diversidad y la diferencia: de raza, se sexo, de color, de religión, de credo político, y demás elementos constitutivos del multiculturalismo; Art. 1.
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Creada por el presidente Gaviria, expresó que “Creemos que las condiciones están dadas para el cambio social y que la educación será su órgano maestro"
Colombia es un país pluricultural y multiétnico que puede aprovechar los legados occidental, amerindio y afroamericano; elementos de las sociedades modernas, premodernas y postmodernas; para maximizar habilidades, diseñar sistemas de aprendizaje e incorporar orientaciones culturales al racionalismo científico y la tecnología contemporánea (p. 35) -
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Mandan que todos los niños accedan a la educación primaria obligatoria y gratuita.
Meta para el año 2015. -
Relacionado al derecho a la educación de personas con discapacidades: hacia la Inclusión.
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Acoge la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad; art 24: a la educación (ausencia de discriminación, igualdad de oportunidades; educación inclusiva a todos los niveles; enseñanza a lo largo de la vida, desarrollo del potencial humano, la dignidad y la autoestima, reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales; desarrollar la personalidad; hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre, etc.)
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Aprobada en Nueva York: "establece el derecho a “acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan"
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Congregado en Dakar, ratificó que el logro de los objetivos de la EPT requiere llegar a los niños, jóvenes y adultos, que han estado excluidos de las posibilidades de la educación básica.
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Realizada en Ginebra; la UNESCO realza la estrecha relación entre la educación inclusiva y el propósito de la Naciones de una Educación para todos.
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Trató los temas educativos, en clave de oportunidad para todos: extender y mejorar la protección y educación integrales de la primera infancia, proporcionar enseñanza primaria gratuita y obligatoria para todos, promover el aprendizaje y los programas de preparación para la vida activa para jóvenes y adultos, aumentar el número de adultos alfabetizados, lograr la igualdad entre los géneros y mejorar la calidad de la educación.
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Determina que los alumnos con necesidades especiales de apoyo, se encuentran en una posición de desigualdad de partida, que les hace acreedores de una respuesta de las administraciones educativas, adecuada a sus necesidades particulares; argumenta el derecho de los padres a la elección del centro educativo.
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Asociación para la solidaridad comunitaria de las personas con diversidad funcional y la inclusión social. https://asociacionsolcom.org/
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Voto Particular de la sentencia afirma: “las decisiones administrativas sobre la escolarización de menores con discapacidad, deben estar avaladas por los correspondientes informes técnicos, y a la vista de los mismos, la Administración debe motivar y ponderar la decisión de la escolarización en uno u otro tipo de centros, según las circunstancias de cada caso concreto”
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El desarrollo, clave de la inclusión.
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La inclusión como un proceso de dirección y respuesta a la diversidad de necesidades de los aprendices a través del aprendizaje; implica cambios en contenido, enfoque, estructura y estrategia, con la visión común que cubre a todos los niños y la convicción de que es responsabilidad del sistema regular, educar a todos los niños de la sociedad […] La educación inclusiva como enfoque busca dirigirse a las necesidades de aprendizaje de todos los niños, jóvenes y adultos (p. 4)
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Mayor conciencia a nivel nacional, departamental, local y comunitario, del derecho que tienen los niños con Necesidades Especiales de poder acceder al aprendizaje en condiciones educativas que favorezcan su normal desarrollo.
Los proyectos de inclusión educativa de las Secretarías de Educación, han ayudado a formar la conciencia inclusiva tanto en la sociedad, como en las comunidades locales y educativas. Con cierta atención a los educadores, como responsables directos de la atención escolares. -
Recomendando
-una reforma legislativa que definiera la inclusión y sus objetivos específicos
-establecer claramente que la denegación del ajuste
razonable constituye discriminación
-eliminar la segregación educativa de estudiantes con discapacidad
-garantizar el derecho a ser oídas y tomar en cuenta sus opiniones
-aprobar el marco regulatorio para la implementación efectiva de la legislación y la armonización de la Convenció con el sistema en todos sus niveles y programas de formación docente -
Estableció:
-que se debe partir de la base de que el derecho de los padres a determinar el tipo de educación para sus hijos y la elección de centro docente no comprende un derecho a escolarizar a su hijo en un centro ordinario en lugar de hacerlo en un centro de educación especial.
-que la administración está obligada a “razonar por qué es una carga desproporcionada la escolarización del menor en un centro ordinario con los apoyos precisos” que quiere que estudie en educación especial. -
Camargo Muñoz, Alfonso
Universidad Santo Tomás, Tunja, Colombia
Revista Internacional de Apoyo a la Inclusión, Logopedia, Sociedad y Multiculturalidad.
Volumen 4, Número 4, Octubre 2018, ISSN: 2387-0907.
https://revistaselectronicas.ujaen.es/index.php/riai/article/download/4374/3588/14820 -
Destaca que los casos relacionados con la educación de las personas con discapacidad, al afectar a la igualdad, deben tratarse por medio de un proceso especial en el que se deben ponderar todas las circunstancias que promuevan la mayor inclusión del menor en la sociedad.
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García, A. (2021). La educación inclusiva como derecho efectivo. Recursos para la educación inclusiva. RINED: Revista de Recursos para la Inclusión Educativa. 1(1), 67-79. Recuperado de: https://dialnet-unirioja-es.ibero.basesdedatosezproxy.com/servlet/articulo?codigo=8045902