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Primer código de comercio
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Se imprimió una "nueva recopilación" con más de 4000 leyes
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se expidió la Novísima Recopilación
que produjo algunas regulaciones de carácter mercantil. Constaba de doce libros, de ios cuales el noveno y
el décimo se referían al comercio, la moneda, los tribunales de comercio, los cambios y bancos, comerciantes, corredores, ferias y mercados, comercio marítimo, pesas y medidas y otros temas. -
Establecimiento del impuesto de renta
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Con la constitución de 1858 el país paso a llamarse confederación granadina y se legalizó el sistema federalista que se venía imponiendo en el país.
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Reafirma el carácter federalista de la nación y otorga facultades a los estados soberanos para dictar su propia legislación comercial; así aparecen los códigos de comercio del los estados de Panamá, el cauca grande y cundinamarca.
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Se acoge el código de comercio de Panamá como único que regirá en toda la nación
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Primera norma autónoma en materia contable
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a través de la Ley 56, se establece, por primera vez en Colombia, el impuesto directo de renta, agotando así el sistema fiscal que imperó desde la segunda mitad del siglo XIX.
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A partir de 1931 el gobierno asume una apolitical de reactivación a través de una notable ampliación del crédito del banco de la Republica hacia el gobierno.
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comienza a manifestarse una serie de
cambios estructurales en la economía colombiana.
Estos cambios se expresan en la adopción de un
nuevo modelo de desarrollo, caracterizado básicamente por un desarrollo hacia adentro en lugar de
hacia fuera, exige un nuevo concepto en la tributación, y fortalece los impuestos directos especialmente el de renta que, aunque establecido en 1918, solo vino a consolidarse con la reforma tributaria de 1935. -
Se pieza a manifestar cierta incompatibilidad entre la norma fiscal y contable lo que lleva a cabo dos corrientes fundamentales que aún permanecen y dividen la opinión de los profesionales de la contabilidad: la primera es que el sistema contable tiene que adecuarse a la legislación tributaria y la segunda que establece la separación entre la base contable y tributaria.
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