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Los antecedentes mas remotos de la administración publica en México se remontan al periodo virreinal con el Informe Central del Visitador de José de Gálvez en el cual
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- Sección Primera tenía a su cargo la supervisión del monopolio del tabaco y los “azogues”, y el funcionamiento de la Casa de Moneda.
- Sección Segunda estaba encargada de la supervisión del “Montepío de Ministros”, de “las alcabalas y los pulques” y de “las bebidas prohibidas”
- Sección Tercera tenía a su cargo supervisar “los correos, la lotería y el estanco (monopolio) del papel sellado”.
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Estos departamentos supervisaban la administración pública virreinal organizada ya con base en el nuevo sistema de “Intendencias”
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- López Rayón como “Secretario de Estado y del Despacho
- José María Chico, como Secretario del Despacho de Justicia y Gracia
- Pascasio Ortiz de Letona como su representante diplomático ante el Gobierno de los Estados Unidos de América
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La nueva nación mexicana estaría conformada por tres Departamentos: el de Guerra; el de Finanzas; y el de Asuntos Exteriores
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En tanto se reuniesen “las Cortes que implementen el Plan de Iguala, se debía establecer una “Junta Provisional Gubernativa” Se establecía igualmente que “el Poder Ejecutivo residiría en la Regencia y el Legislativo en las Cortes”, pero que, en tanto se llegaban a establecer éstas, la propia Junta Provisional Gubernativa ejercería las funciones correspondientes al Poder Legislativo.
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Con 38 personas, bajo la presidencia de Agustín de Iturbide, la cual expidió el “Reglamento para su Gobierno Interior” en el cual se definían sus atribuciones y responsabilidades
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Ordenamiento jurídico que sustituye a la “Constitución Política de la Monarquía Española” de 1812.
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En la elaboración de la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, quedó establecido ahora que éste se depositará en un sólo individuo que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se proponía la creación de tres secretarías de Estado, fusionándose en una sola las de Relaciones, Justicia y Negocios Eclesiásticos, y permaneciendo las otras dos, la de Guerra y Marina y la de Hacienda, ya existentes desde 1821.
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La Constitución de las Siete Leyes estaba conformado por siete estatutos, que transformó los antiguos Estados en Departamentos, bajo la responsabilidad política de un Gobernador designado ahora por el Presidente de la República establecía por encima de los tres órganos o poderes tradicionales de gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial) un órgano de supervisión y arbitraje, denominado “Supremo Poder Conservador”.
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Con la intención de preparar un programa para llevar al cabo una reforma administrativa integral el gobierno centralista nombró una Comisión cuya presidencia estuvo a cargo de Lucas Alamán. Fue la primera ocasión en que el gobierno del país se preocupó por estudiar de manera integral las modificaciones que debían hacerse a la estructura y funciones de la administración pública para que ésta pudiera cumplir más eficaz y eficientemente las tareas que constitucionalmente tenía asignadas.
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El Congreso elaboró entonces un proyecto de Acta de Reforma a la Constitución de 1824. En dicha Acta de Reforma se proponía la creación de cinco “Secretarías del Despacho”, que serían ahora las de:
- Relaciones Interiores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública;
- Relaciones Exteriores;
- Fomento, Colonización, Industria y Comercio;
- Guerra y Marina, y
- Hacienda.
Incluía desde luego el cambio de denominación de “ministerios” a “secretarías”. -
El titular de la Secretaría de Justicia y Negocios Eclesiásticos, Marcelino Castañeda, planteó la conveniencia de que se practicaran juicios verbales para los delitos que él denominaba “ligeros”, así como un conjunto de modificaciones importantes para el más adecuado funcionamiento del Poder Judicial. El secretario Castañeda propuso también la creación del cargo de Procurador General, el cual no existía hasta ese momento.
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El Gral. Antonio López de Santa Anna ocupa la presidencia y teniendo "atribuciones de dictador" otorgadas por el Congreso, le pide a Lucas Alamán proponer una nueva estructura orgánica del poder Ejecutivo, fundamentada en las que se denominaron “Bases para la Administración de la República” de 1853, estas sirvieron de apoyo a las reestructuraciones orgánicas que se llevaron a cabo ese año, y que se consideran el primer intento de reforma administrativa integral desde la Independencia.
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Con la idea de promover desde el gobierno el desarrollo de las actividades industriales y comerciales del país, así como para evitar, mediante programas de colonización, que continuara extendiéndose la ocupación del territorio nacional en la frontera norte, que en 1847 condujo a la guerra provocada por los Estados Unidos de América, y que le costó al país la pérdida de más de la mitad de su extensión territorial.
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Se dieron una serie de modificaciones bajo la coordinación de Lucas Alamán, realizadas con base en el diagnóstico y las recomendaciones formuladas por la Comisión de 1843, constituyeron un verdadero intento de reforma integral. Sin embargo, estas modificaciones no duraron mucho tiempo, pues al año siguiente, el 1 de marzo de 1854, se inició la Revolución de Ayutla, encabezada por el general insurgente Juan Álvarez, que culminó con la renuncia y huida de Santa Anna fuera del país.
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Se divide su desempeño en dos dependencias distintas: el “Ministerio de Gobernación” y el “Ministerio de Relaciones Exteriores”, reestructuración que elevó entonces a seis el número de dependencias directas del Ejecutivo.
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El Ministerio de Gobernación; Ministerio de Relaciones Exteriores; Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública; Ministerio de Fomento, Colonización, Industria y Comercio; Ministerio de Guerra y Marina, y Ministerio de Hacienda.
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Se dividía al instituto armado en dos clases de todas las armas: permanente y activa; se establecía el Estado Mayor del Ejército, y se organizaba el cuerpo de ingenieros, la artillería y el cuerpo médico-militar
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En esta ley se excluyó del conocimiento de la autoridad judicial las cuestiones administrativas, y ese mismo día se expidió el Reglamento de esta Ley.
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Este Ministerio quedaría integrada por: un oficial mayor; oficiales primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto; un archivero; cinco escribientes primero, segundo, tercero, cuarto y quinto; un portero, un mozo de oficio, y dos ordenanzas. Además, se asignaban partidas para gastos de oficio, secretos y extraordinarios.
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Éste estaba a cargo de un gobernador y un arquitecto, nombrados ambos por el Presidente, un conserje y otros dependientes; con la encomienda de la seguridad, conservación, policía y ornato del Palacio Nacional.
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Queda integrado por veintiún individuos nombrados por el gobierno, con funciones de preparar y redactar los proyectos de ley y los reglamentos administrativos; dar dictamen sobre los negocios del gobierno, y conocer del contencioso administrativo. El Consejo se dividía en seis secciones, una para cada Ministerio
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Creaba los enviados plenipotenciarios, ministros residentes, encargados de negocios, secretarios y oficiales de las legaciones. Se estableció además el principio de antigüedad para el personal diplomático y consular, además de los rangos de sueldos y cuestiones relacionadas con pensiones y retiros
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En él se establecía el cobro de impuesto por la expedición de permiso para vender pulque y licores y licores al menudeo; por puesto de frutas, verduras y demás efectos; diversiones públicas y sorteos; por carruajes; y por perros, entre otros.
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En dicho decreto se clasifican en: en servicio, jubilados, cesantes, reformados y excedentes.
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Promovidas por Benito Juárez tenían como propósito principal la supresión de los tribunales especiales.
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Establecía como dependencias directas del Ejecutivo Federal a las Secretarías de: Gobernación; Relaciones Exteriores; Justicia; Fomento; Guerra, y Hacienda.
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Se llevó a cabo el difícil pero necesario proceso legal de separación del Estado y de la Iglesia en México.
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Secretaría de Estado y del Despacho de:
- Relaciones Exteriores
- Gobernación
- Justicia e Instrucción Pública
- Fomento
- Hacienda y Crédito Público
- Guerra y Marina
La estructura orgánica de cuatro secretarías permaneció sin cambios importantes a lo largo de los siguientes treinta años. Relaciones Exteriores y Gobernación; Justicia e Instrucción Pública; Fomento; Guerra y Marina, y Hacienda y Crédito Público -
Maximiliano expidió en abril de 1865 el “Estatuto Provisional del Imperio Mexicano”, en el señalaba que la forma del Estado mexicano sería la de “una monarquía moderada hereditaria, en la cual el Emperador era ahora el representante de la soberanía nacional”. Se establecía que el emperador gobernaría por medio de “un ministerio” compuesto por nueve “Departamentos Ministeriales”.
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Con la idea de promover la construcción de puertos y líneas férreas, para apoyar las exportaciones de materias primas a los Estados Unidos y a Europa.
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Con ello el número de dependencias administrativas de apoyo directo al Ejecutivo Federal aumentó su número a ocho.
Secretaría de Gobernación;
Secretaría de Relaciones Exteriores;
Secretaría de Justicia;
Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes;
Secretaría de Fomento;
Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas;
Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio,
Secretaría de Guerra y Marina. Esta estructura orgánica de ocho Secretarías, permaneció sin cambios hasta 1911. -
Dicha oficina tenía como fin procurar el arreglo equitativo en los casos de conflictos entre los empresarios y trabajadores y servir de árbitro en sus diferencias, siempre que así se lo soliciten los interesados
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Decreto ordenado por Victoriano Huerta en su calidad de “Presidente Interino Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos”
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Las funciones atribuidas específicamente a cada una de ellas, así como a las modificaciones que dicha reforma implicó con respecto a las atribuciones que tenía a su cargo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
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En la parte que se refiere a la estructura orgánica del Ejecutivo Federal, el texto promulgado originalmente contenía datos muy importantes para el estudio de la evolución de la administración pública centralizada de nuestro país, pues, con esa fecha, apareció por vez primera en la historia del derecho constitucional y administrativo de México la nueva figura de los “Departamentos Administrativos”, como dependencias adscritas directamente al Presidente de la República.
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Fue la decretada por Carranza todavía en su calidad de “Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión
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Promulgada por Carranza, ya como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, como resultado de las elecciones celebradas ese año. Esta Ley creaba ahora siete “Secretarías de Estado” y cinco “Departamentos Administrativos”, elevándose con ello a doce el número de dependencias directas del Ejecutivo Federal. Se trata de la reforma más novedosa que contenía la creación de tres nuevos Departamentos Administrativos.
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Entre las facultades y obligaciones del Contralor, establecía la de hacer estudios sobre la organización interior, procedimientos y gastos de las Secretarías, Departamentos y demás dependencias del Gobierno, con el objeto determinado de obtener la mayor economía en los gastos y eficacia en los servicios, exponiendo recomendaciones que él entregará al Presidente de la República para que tome las medidas que estime conveniente.
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Una de las principales reformas administrativas realizadas por Álvaro Obregón durante su período presidencial
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La administración pública federal se vio enriquecida de manera muy importante con la creación de numerosos órganos desconcentrados dentro de algunas Secretarías, como lo fueron la Comisión Bancaria en la Secretaría de Hacienda, la Comisión Nacional de Caminos en la de Comunicaciones y Obras Públicas, y la Comisión Nacional de Irrigación. También se promovió la creación de diversos organismos descentralizados como el Banco de México y el Banco Nacional de Crédito Agrícola y Ganadero, entre otros.
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Por medio de esta Ley se decretaba que los funcionarios y empleados de la federación y del Distrito y Territorios Federales, tienen derecho a pensiones de retiro cuando lleguen a la edad de sesenta años cumplidos o se inhabiliten para el servicio, si en uno u otro caso han servido por un tiempo igual o superior al que como mínimo determina esta ley.
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De esta ley se destaca que, en su Capítulo Noveno, denominado “De las responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Administración”, en el Artículo 21 establece que es facultad del Contralor constituir las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que incurren los funcionarios, empleados y agentes del Gobierno con manejo de fondos y bienes de la Nación, y que se descubran con motivo de la inspección y glosa de las cuentas.
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Debían estar integradas por 3 miembros, uno nombrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, otro por el Departamento de Contraloría de la Federación, y el último por la dependencia a que se adscriba la Comisión. Estaban facultadas para practicar inspecciones minuciosas en investigación de sistemas de trabajo, organización interior, aprovechamiento del tiempo, y en general sobre todos aquellos puntos que puedan servirles de base para fundar el dictamen que periódicamente deban producir.
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Su objetivo principal era la elaboración del “Plano Nacional de México”, cuyos aspectos principales abarcarían: la división del territorio nacional en zonas, clasificándolas de acuerdo con sus distintos caracteres, sus funciones propias y según los diferentes usos a que se destinen; la planeación y zonificación urbana y regional, y la formación de los Planos Reguladores del Distrito y Territorios Federales; entre otros.
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Su objetivo básico, procurar la unificación del criterio jurídico de los diversos órganos de la administración, y la elaboración adecuada de leyes, decretos, reglamentos y circulares que el Ejecutivo formule, dictaminando sobre el aspecto jurídico de técnica legal de ellos. La Comisión Jurídica estaba integrada por el Procurador General de la República, como Presidente, y por todos los Jefes de departamentos y oficinas consultivas de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos
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Se modificó de manera importante la estructura orgánica y funciones de la administración pública federal centralizada. Desaparecen tres departamentos, el de la Contraloría, el de Estadística Nacional, y el del Presupuesto, que podrían ser considerados de trabajo técnico-administrativo; y fueron creados otros dos nuevos cuyas atribuciones más bien podrían denominarse “político-administrativas”. Además fue creado el “Plan Sexenal”.
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Con la creación de este departamento, la anterior Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo cambió de denominación para llamarse ahora Secretaría de la Economía Nacional, la cual absorbió las funciones del desaparecido Departamento de Estadística Nacional
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Como Primeras acciones administrativas publico el decreto mediante el cual se reforman los artículos 3º y 73 de la Constitución
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Esta Ley fue Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución con la cual fueron expropiados los bienes de la empresa “Ferrocarriles Nacionales de México”
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Dicho estatuto regulaba las relaciones de las autoridades y funcionarios integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como del Distrito Federal y Territorios Federales.
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Estas modificaciones se dieron para estar en mejores condiciones de encarar la problemática que surgió como resultado del inicio de la Segunda Guerra Mundial
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En esta Ley se dio a conocer la organización administrativa de esta dependencia, al frente de la cual estaría el Procurador General de la República, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.
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Su objeto era “formular y llevar a cabo un plan coordinado intersecretarial con miras de mejoramiento de la organización de la Administración Pública, a fin de suprimir o reducir servicios redundantes o no indispensables, mejorar el rendimiento del personal, hacer más expeditos los trámites con el menor gasto para el Erario, y conseguir así un mejor aprovechamiento de los gastos públicos.
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Esta fusión se da con la intención de “reducir los altos cargos” y “disminuir los gastos administrativos en beneficio de los servicios sociales
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Fue intento de control administrativo y supervisión financiera del creciente universo de lo que actualmente se conoce como “entidades paraestatales".
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Por medio de esta Ley se facultaba al Presidente de la República para participar en la actividad y procesos económicos del país, tales como el establecimiento de precios máximos, obligar la venta de determinadas mercancías, imponer racionamientos y establecer prioridades cuando el volumen de mercancías sea insuficiente en relación con la demanda y organizar la distribución para evitar un intermediarismo excesivo, entre otras.
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Se expide un Acuerdo que disponía que las Secretarías de Estado, el Departamento del Distrito Federal, los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal deberían presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su “Programa de Inversiones” relativo al sexenio 1953-1958
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En su iniciativa de reformas a la Ley de Secretarías y Departamentos de 1958, el Presidente López Mateos propuso cambiar la denominación de la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa por la de Secretaría del Patrimonio Nacional, la de la Secretaría de Economía por la de Secretaría de Industria y Comercio, así como dividir en dos la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas para dar nacimiento a las nuevas Secretarías de Comunicaciones y Transportes y la de Obras Públicas.
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Esta comisión busca elevar la capacidad administrativa de los organismos públicos para que el Gobierno pudiera realizar de la manera más eficiente posible, la tarea que le correspondía en la elaboración, la aplicación y el control del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social.
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Esto con el fin de adecuarla a las nuevas funciones otorgadas a las Secretarías de la Presidencia y del Patrimonio Nacional creadas en 1958.
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Este acuerdo aplica para los trabajadores de las Secretarías y Departamentos de Estado, Dependencias del Ejecutivo Federal y demás Organismos Públicos e Instituciones que se rijan por la Ley Federal de los Trabajadores del Estado.
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Esta reforma sería de tipo integral, macroadministrativa, e implicaría una revisión a fondo de la estructura y funciones de la Administración Pública Federal en su conjunto
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Se establecieron así, convencionalmente, diecisiete sectores administrativos, con lo cual, el nuevo modelo operativo de la administración pública federal contaba ahora con tres niveles de agregación o toma de decisiones: 1) el global o macroadministrativo; 2) el sectorial o mesoadministrativo, y 3) el institucional o microadministrativo
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Se busca facultar a la Secretaría de Comercio a intervenir en todas las adquisiciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal, así como determinar normas y procedimientos para el manejo de almacenes, control de inventarios, avalúos y baja de bienes muebles
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Se busca atribuir a la Secretaría de Gobernación la facultad de fijar el Calendario Oficial, regular las vacaciones y horarios de labores de los trabajadores de la APF. También se facultó a la Secretaría de Programación y Presupuesto para intervenir en los tabuladores de sueldos, catálogo de puestos, compactación de plazas, compatibilidad de empleos y control de comisionados, registro del personal del Gobierno Federal y procedimientos para el pago de remuneraciones del personal de la APF.
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El Presidente de la Madrid envió al Congreso de la Unión su iniciativa de reformas a los artículos 16, 25, 26, 27, 28 y 73 de la Constitución y de Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de 1976. Como resultado de esta reforma a la Ley Orgánica, la estructura de las dependencias directas del Ejecutivo Federal quedo integrada por 16 Secretarias y el Departamento del Distrito Federal.
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La mayor parte de dichas modificaciones consistió en precisar las atribuciones de las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Comercio, Asentamientos Humanos y Obras Públicas.
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Mediante estas reformas, primero, se suprimió la Secretaría de Programación y Presupuesto creada quince años atrás, fusionando sus atribuciones con las de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual preservó su nombre y quedó más fortalecida que nunca.
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A esta nueva dependencia se le asignó todo lo concerniente a la planeación regional, que anteriormente había tenido a su cargo la ahora desaparecida Secretaría de Programación y Presupuesto
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Esto con el fin encargarle la planeación, normatividad, coordinación y evaluación del “Sistema Nacional de Salud”
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El Lic. Ignacio Pichardo Pagaza, como Secretario de la Contraloría y Presidente del Instituto Nacional de Administración Pública, hizo una síntesis de dicho proceso de desincorporación, proporcionando los siguientes datos: “De las 1214 empresas estatales, 765 (el 63%) habían sido sujetas al proceso de desincorporación; de éstas, 258 por la vía de la liquidación, 135 por la de extinción, 78 por fusión, 28 por transferencia y 218 por venta”.
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El Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 estableció la modernización de la vida nacional. Por esta razón, el gobierno de la República debía contar con una estructura administrativa moderna, eficiente y eficaz. La restructuración del sistema burocrático deriva de las reformas hechas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a los reglamentos interiores respectivos y a otras disposiciones complementarias.
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En diciembre de 1994, el Presidente Ernesto Zedillo envió al Congreso de la Unión una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
Dicha iniciativa fortalecía aún más las funciones de la Secretaría del Desarrollo Social. Se dotó también a la Secretaría de la Contraloría de las atribuciones para modernizar y controlar las funciones básicas de la administración pública, cambiando su denominación por la de Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. -
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En septiembre 2000, el Grupo Parlamentario del PAN remitió al Congreso de la Unión un proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Seguridad Pública
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En 2009 el Titular del Ejecutivo envió al Poder Legislativo Federal una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica en la que proponía la desaparición de las Secretarías de Turismo, de la Reforma Agraria y de la Función Pública, y que no le fue autorizada por el Congreso de la Unión.
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Se establece una agenda de reformas estructurales para mejorar la productividad, la competitividad y la flexibilidad de la economía del país entre ellas se encuentran la
Reforma Laboral, Reforma Educativa, Reforma de Telecomunicaciones, Reforma de Competencia Económica, Reforma Financiera, Reforma Hacendaria, Reforma Energética.