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Inicia la evolución jurídica para la Administración Pública. Se crea la Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores; de Justicia y Negocios Eclesiásticos; de Hacienda Pública; y de Guerra y Marina
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Para el despacho de los negocios del gobierno de la República, habra un número de secretarios que establezca el Congreso por una ley. Funciones y obligaciones Artículo 118 a 122
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Artículo 28 a 34: Para el despacho de los asuntos del gobierno; habrá cuatro ministros: uno de lo interior, otro de relaciones exteriores, otro de hacienda, y otro de guerra y marina
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La Secretaría denominada Justicia y Negocios Eclesiásticos pasaba a ser Ministerio del Interior; Relaciones Exteriores del Interior; Relaciones Exteriores y sin novedad, Hacienda; y Guerra y Marina
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Fueron adoptadas en Tacubaya, en la base octava se estipulo que se nombrarían cuatro ministros: de Relaciones Exteriores e Interiores; de Instrucción Pública e Industria; el de Hacienda, y el de Guerra y Marina
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La Junta Nacional Legislativa acuerda en el artículo 93 Las Bases de Organización Política de la República Mexicana
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Artículo 10: Indico que para el despacho se instituían cinco secretarías
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Se expide el Estatuto Orgánico de la República Mexicana, artículo 86 constitución de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Justicia, Fomento, Guerra y Hacienda
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Artículo 85 Sección II faculto al Presidente para nombrar y remover libremente a los Secretarios del Despacho
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Expide decreto sobre la distribución de los ramos de la Administración Pública para su despacho, entre las seis Secretarías de Estado, de Relaciones Exteriores, de Gobernación, de Justicia e Instrucción Pública, de Fomento, de Comunicaciones y Obras Públicas, de Hacienda, de Crédito Público y Comercio, y de Guerra y Marina
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Instituyo siete Secretarías: de Relaciones Exteriores, de Justicia e Instrucción Pública, de Fomento, de Comunicaciones y Obras Públicas, de Hacienda, Crédito Público y Comercio, de Guerra y Marina
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El Gral. Porfirio Díaz creo la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes
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Artículo 1o. creó en substitución de la Secretaría de Fomento, Colonización e Industria, otras dos: la Secretaría de Fomento y la Secretaría de Industria y Comercio
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Artículo 1o. crea un Departamento más denominado de la Estadística Nacional
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Expide decreto del cual reformó en una de sus partes la Ley de Secretarías de Estado del 25 de diciembre de 1917
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Se publicó la Ley de Secretarías y Departamento de Estado sobre el artículo 1o.
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Se publica otra reforma La Ley de Secretarías y Departamento de Estados en su artículo 1o.
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Última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana. La Secretaria del Patrimonio Nacional sustituye a la de Bienes nacionales e Inspección Administrativa. La Secretaria de la Presidencia La de Obras Publicas La Secretaria de Economía se sustituye a la de Industria y Comercio Se crea el Departamento de Turismo.