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En 1973, en Suecia como en México, entra en vigor la primera ley de protección de daos personales, con organismo que administra y cuida la información de los cuidadnos.
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El articulo 12 de la declaracion de los derechos humanos establece que nadie sera objeto de injerencias arbitrarias, todos los derechos u obligaciones son sagrados.
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En 1980 había rupturas la información e inicio de nuevas índoles para construir una base de datos de la gente en México, se actualizaron a tal forma de solo era por medio de libros.
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Pérez Luño indica que la protección de datos personales constituye datos personales y de criterio de legitimación, esto resumido que organismos del país.
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se remonta en 2006 para triangular ideas contra la corrupción o extorción.
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En el 6 de marzo de 2006se presenta en pleno de la cámara de diputados el proyecto de reforma en el articulo 6 de la constitución mexicana, donde se aplica el ejercicio de acceso a información la protección de datos.
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Posteriormente, nacen artículos que ayuda a gestionar mejor los datos personales, el 27 de marzo de 2007, nace el articulo 73 que habla de dotar con facultades para el congreso general para cuidar datos personales de cada individuo.
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Desde 2008 nacen los artículos e innovan, para dar inicio al articulo 73, que habla de posesión de particulares, 16, que habla sobre seguridad y dignidad de estos, capítulos II, III y VII para adaptar normas de cuidar, proteger, valorar y empezar un registro único.
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El 25 de noviembre de 2008, se presenta el proyecto en el cual se adiciona al articulo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho fundamental y autónomo.
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La protección de datos personales han tenido cambios notorios para detonar artículos, derechos y autonomías para lograr un enfoque mas versátil, por ello existen documentos que nos ayuda a valorar la existencia en México, CURP, acta de nacimiento, credencial.. etc.
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Alumno: Daniel Valdés Pérez
Matrícula: 202060017
Horario: 11.00 a 1.00 NRC:34356