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El juez abrirá el debate y dará oportunidad a las partes para los alegatos de apertura -
Concederá la palabra al MP para que presente sus alegatos de apertura, enseguida al asesor jurídico de la víctima y posteriormente al defensor del acusado.
En los alegatos de apertura se presenta la teoría del caso y anticipan la prueba que presentarán al momento del juicio oral -
Por el MP se hará el desahogo de la prueba en en orden que determinen -
Se hará el desahogo de la prueba ofrecida por la víctima a través de su asesor o asesora jurídica -
Se desahogará la prueba ofrecida por la defensa -
cada oferente interrogará a su testigo y la contraparte lo interrogará -
Luego del desahogo, el Juez, cierra el debate y permitirá los alegatos de apertura -
Luego de los alegatos de clausura, el acusado podrá hacer uso de la palabra -
Se cerrará el debate por parte del Juez y se procederá a la deliberación