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“La enseñanza primaria
de ambos sexos es obligatoria, gratuita y costeada
por la Nación…” -
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Fundada por Fernando Centeno Güell. Decreto Ejecutivo Nº 10.
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“Sección de Ciegos y Ambliopes
Profundos” dentro del ministerio de educación pública. Hoy se llama Departamento para la atención de deficientes visuales. -
"Se declara de interés público la educación de niños que sufren de retardo mental, o de trastornos auditivos, de vista o del sistema vocal o de cualquier otro impedimento físico análogo que les impida proseguir con éxito las enseñanzas de la escuela común".
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Se definen los primeros pasos del establecimiento de la necesidad de atención a las personas con discapacidad.
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Nace como depedencia del Ministerio de la Educación Pública de Costa Rica.
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Define la acreditación de los diferentes profesionales de educación, incluidos los encargados de la educación especial.
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Lugares dentro de las instituciones que atendian a los niños con dispacapacidades leves.
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"Se implementa el servicio de terapia de lenguaje, para atender a niñas y niños con dificultades en la expresión oral."
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Con el fin de atender los problemas de aprendizaje. tuvo un impacto positivo en los estudiantes que vieron en la atención temprana una posibilidad de superar sus problemas de aprendizaje.
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- El colegio técnico tendría como objetivo que los egresados de aula integrada tuvieran un lugar donde seguir sus estudios.
- En ese mismo año se inicia la educación de las personas sordas bajo la filosofía de la Comunicación Total.
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Un aula destinada a dar seguimiento a los problemas emocionales de los estudiantes ubicada en la escuela Jesús Jiménez de Cartago.
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"Con el Decreto Ejecutivo Nº 16831 del 3 de diciembre de 1985, se crea el Instituto de Rehabilitación y Formación Helen Keller, como una dependencia de mínima desconcentración del Ministerio de Educación Pública, y cuya responsabilidad es atender las necesidades educativas de la población joven y adulta con ceguera absoluta y baja del país."
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Se busca integrar a los niños con discapacidad a jardines de niños ubicados en el país.
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Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. Es uno de los pasos más importantes en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas con discapacidad en Costa Rica.
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Ratificada por Costa Rica. En el tratado internacional sobre derechos humanos para personas con discapacidad más importante y relevante de la historia.
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Todo el servicio de transporte público está obligado a tener rampas para personas con discapacidad motriz y espacio para sillas de ruedas en sus unidades. Este día termina la prorroga de más de 20 años dada a los transportistas para adaptar su flotilla.
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Ley que promueve la atención temprana de los niños con alta dotación para que puedan ser atendidos de una forma individualizada según sus caracteristicas propias de necesidades educativas.
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- Arrieta, C. (2015, January 12). 15% de empresas autobuseras incumplen con Ley 7600. Pais [San José]. Retrieved from http://www.elpais.cr/
- CENAREC. (2014, September 3). SITIO WEB CENAREC - La educación especial en Costa Rica: antecedentes, evolución, nuevas tendencias y desafíos. Retrieved February 13, 2015, from http://www.cenarec.org/index.php/en/noticias/156-la-educacion-especial-en-costa-rica-antecedentes-evolucion-nuevas-tendencias-y-desafios