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En la Constitución Federal de 1824, en el artículo 110 fracción XX, se permitía interpretar la instauración del contencioso administrativo, y la creación de un Tribunal que conociera de las causas en contra de la actuación de la administración pública
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Se instauro la jurisdicción contenciosa administrativa en México, que conocería una sala integrante del Consejo de Estado
Sin embargo, se declaró inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación -
Teodosio Lares, reconocido jurista de la época, planteó la revisión de los actos de las autoridades administrativas para que éstas se ajustaran al marco legal y y promovió la Ley para el Arreglo de lo Contencioso Administrativo
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● Promulgada por El Presidente Cárdenas, cuya máxima norma era la creación del Tribunal Fiscal de la Federación
● La naturaleza jurídica del Tribunal Administrativo, fue la de justicia delegada y no de justicia retenida, con total autonomía y competencia para reconocer la legalidad o declarar la nulidad de los procedimientos o actos puramente administrativos. -
● Nace formalmente la justicia administrativa en el país e inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación
● El Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una -
Un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación, conservando la misma competencia para el Tribunal
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Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer esta materia a cargo del Gobierno Federal.
La competencia del Tribunal también se amplía:
● Al conocer sobre la legalidad de los requisitos de pago realizados por la SHCP
● Exigir fianzas dadas a favor del Gobierno Federal
● Conocer las controversias surgidas por las resoluciones emitidas por el IMSS
● Sobre las resoluciones fiscales emitidas por el Departamento del DF; entre otras. -
● Se expide la nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
● Se previeron los aspectos orgánicos del Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente que no integraría Sala,
● Se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada
● Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad. -
● Se crean las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas, su diferencia era respecto a la cuantía del asunto
● Se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales -
● Se expide un nuevo Código Fiscal, conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos.
● Se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias. -
Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal, donde:
֎ Se promueve la simplificación administrativa,
֎ Se suprime la competencia otorgada a la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión. -
Aparecen diversas leyes que otorgan competencia al Tribunal, en materia de comercio exterior, para:
● Conocer las resoluciones respecto del recurso de revocación previsto en la Ley
● Conocer sobre las resoluciones recaídas al recurso de revisión que contempla la Ley Federal de Procedimiento Administrativo -
Entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación modificándose:
‣ La integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once,
‣ La forma de operación a través de Pleno o Secciones, siendo dos e integradas cada una con cinco magistrados -
● Cambio de nombre de la Ley Orgánica por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
● Sobre competencias para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones dictadas por las autoridades que pongan fin:
A un procedimiento administrativo,
A una instancia o resuelvan un expediente
● Se le proporcionan facultades al Pleno para determinar las regiones y el número y sede de las Salas, así como la forma de integrar jurisprudencia -
▪Ya no será Procedimiento Contencioso Administrativo sino Juicio Contencioso Administrativo
▪El actor debe señalar domicilio para notificaciones, de no hacerlo las notificaciones se le harán por lista
▪Facultad de las salas para otorgar la suspensión de la ejecución del acto impugnado
▪En la sentencia se podrá declarar la existencia de un derecho subjetivo y condenar al cumplimiento de una obligación
▪Facultad al pleno de la Sala Superior para establecer jurisprudencia en contradicción de tesis -
El Pleno de la Sala Superior del TFJFA, publicó el Acuerdo General G/10/2001 por el que:
● Se determinan los límites territoriales y denominación de las regiones del Tribunal, número y sede de sus salas regionales -
Con la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, surge la necesidad de emitir una normatividad interna
El Reglamento Interior debe ocuparse,
De las regiones, sede y número de Salas Regionales del Tribunal;
De la distribución de funciones y competencias entre sus diversas
Salas y Secciones y de los criterios para que se ejerza la facultad -
Se deroga la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Determinará la integración, organización, atribuciones y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa