El derecho de acceso a la información y la transparencia

  • El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional

    El artículo 6º Constitucional reformado en diciembre de 1977, establece que el derecho a la información será garantizada por el Estado, reconociéndose, no obstante, por el propio Ejecutivo Federal de la época.
    Al iniciarse los trabajos para su regulación, ello derivado de su vinculación tanto con la libertad de opinión, como con la libertad de expresión, y la libertad de acceso a información pública, todas ellas vertientes del derecho a la información.
  • La transición a la democracia.

    Implementación de diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, que rinda cuentas.
  • Estrategia Digital Nacional del Gobierno Federal

    Los esfuerzos por implementar una agenda de gobierno electrónico se intensificaron con el programa e-México de la administración de Vicente Fox y continúan hasta hoy.
  • Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)

    El mismo se dio como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP).
  • Se implementaron las políticas de transparencia

    Para ayudar a reducir las asimetrías de información que causan muchos de los problemas e ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales.
  • La Declaración Oaxaca (DO) se sustenta en diez principios.

    1) El acceso a la información como derecho humano universal.
    2) La información pública le pertenece a las personas.
    3) Máxima apertura de los poderes del Estado.
    4) Obligación de publicar y entregar la información que posee el Estado.
    5) Procedimientos sencillos, ágiles y a costos mínimos.
    6) Mínimas excepciones.
    7) Organismo autónomo para promover la apertura y resolver controversias.
    8) Tras la pista del dinero público.
    9) Consistencia jurídica.
    10) Promoción del federalismo
  • La promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)

    Tuvo dos componentes fundamentales: 1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, el reconocimiento legal del DAI y; 2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho.
  • Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información

    Fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro, de hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal.
  • Algunos estados, precedieron a la publicación de la Ley Federal.

    Mientras tanto que otros tardaron más de un
    lustro en adaptar sus constituciones y leyes para reconocer el DAI y crear los instrumentos y prácticas necesarias para garantizar.
  • Promulgación de leyes.

    Posteriormente, entre 2003 y 2006, veinte entidades promulgaron leyes en materia de transparencia y, el resto, tardó más de 5 años en hacerlo.
  • El recorrido por la independencia de la política de transparencia.

    Cuando se conformó la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP).
  • Comisión Intersecretarial de Gobierno Electrónico

    se emitió el acuerdo para la creación de la Comisión Intersecretarial de Gobierno Electrónico, que tuvo como principal objetivo usar las TIC para el buen gobierno.
  • Primer Congreso Nacional de Transparencia Local.

    Los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieron una reforma constitucional en materia de transparencia.
  • Se publicó en el Diario Oficial de la Federación

    El decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel, y se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución.
  • Reformas constitucionales

    Se construyeron las bases para un nuevo régimen de rendición de cuentas; pero, en los estados de Nuevo León, Coahuila y Michoacán no se promulgaron este tipo de normas, sino hasta 2008.
  • Todos los estados contaban con legislación en materia de transparencia y acceso a la información.

    A pesar de ello, el marco normativo en cada estado era muy distinto, lo que derivó en una enorme heterogeneidad en las normas y en la efectividad de su aplicación
  • Se constituyó el Open Government Partnership,

    Es una organización internacional que tiene como objetivo alentar a los países miembros a implementar los lineamientos de gobierno abierto.
  • Reformas al artículo 6º constitucional

    Las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así´ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • En el Plan de Acción 2013-2015

    Se formularon 5 líneas de acción bajo cinco grandes objetivos para promover la transparencia y rendición de cuentas y consolidar un México Abierto.
  • Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional (LGTAIF).

    Para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la
    implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México.
  • Se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

    La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
  • La reforma al artículo 6° de la Constitución, que está vigente desde el mes de febrero de 2014, y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promulgada el 4 de mayo de 2015.

    Sentaron las bases para la construcción de una nueva relación entre los órdenes de gobierno y el impulso de un federalismo eficiente y eficaz, cooperativo y colaborativo, que permita diseñar,
    desarrollar y ejecutar políticas públicas en transparencia y acceso a la información, mediante la coordinación eficaz de la federación y los estados (LGAIP).