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Las "Tradiciones de los Mayores" fueron los primeros indicios de derecho privado que hubo, se trataba de simple derecho consuetudinario o no escrito que regía las relaciones entre particulares
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Se da fin a años de trabajo de Terentilo Arsa, posteriormente para la elaboración de las últimas tablas recordamos a Lucio Valerio y Marco Horacio como los decenviratos
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El imperio Romano cae a manos de los Otomanos, lo que traería consigo un cambio en todos los sentido de esa época
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Fue promulgada por el entonces Emperador Justiniano y era una compilación de las constituciones imperiales, el trabajo fue consignada a una comisión de juristas para que la realizaran, al mando de Triboniano. La Primera Edición se realizó en 529 y entre los documentos más importantes que recopila está la Caracalla y la constituto antoniana.
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"Corpus iuris civilis" Es el texto jurídico más influyente en la historia del Derecho, debido a que se trata de la recopilación de derecho Romano más importante. Esta compilación se le atribuye a Justiniano ya que fue quien dió la orden de hacerla, sin embargo estuvo al mando de Dionisio Godofredo quien la imprimió por primera vez en el año de 583 en Ginebra. La compilación abarcaba el Códex Vetus, el Digésimo (al mando de triboniano), Códex Repetitae y Novellae constitutiones.
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Se le denomina así a esta época (S.XII-XIII) a consecuencia de que los glosadores de Bolonia, analizasen e hicieran glosas del Corpus iuris civilis, lo que traería consigo el mayor estudio del Derecho Romano de la Historia. En esta etapa resaltamos a Francesco Accusio(el último glosador) y el jurista Azo. Se creó el Digésimo nuevo y La suma
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Es el inicio de un ordenamiento jurídico el cual regulaba y regía a la iglesia, entre sus principales obras encontramos el Liber Extra de 1234, el liber sextus y las clementinas y entre sus principales estudiosos encontramos a Francisco Ximenez de Cisneros y Franciscus Gracianus.
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Se redactaron en la época de Alfonso X. fue un cuerpo normativo que intentaba crear un código jurídico unificado para el reino, para su creación se conformó una comisión formada por Juan Alonso, Fernando Martínez de Zamora y el mismo Alfonso X. Los cuales se basaron enel derecho Romano, justinianeo, canónico y feudal.
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Entre los años de 1400 a 1700 los estados modernos y absolutos inician una labor de consolidación.
En España a través de las Ordenanzas de Montalvo (1484) y la Nueva Recopilación (1567)
En Francia por medio de las Ordenanzas de Colbert y D'Aguessau
En Alemania las Allgemeines Landrechi -
Hablamos de uno de los código civiles más conocidos hasta la fecha en consecuencia de seguir siendo vigente. Fue promulgado durante el gobierno de Napoleón Bonaparte eliminando las normas especiales que afectaban sólo a sectores determinados de la población y aboliendo el feudalismo, la comisión destinada a su formación se conformaba por: Tronchet, Malleville, Portalis y Bigot de Préameneu
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Inspirado en código Napoleónico, el primer código civil de Hispanoamérica y el tercero en el continente, en su comisión se encontraban sacerdotes, como el costarricense Florencio del Castillo, quien además fue uno de los principales promotores del federalismo en el estado. Constituido por mil 415 artículos, este primer Código de Hispanoamérica toma como principal referencia el Código Napoleónico y lo adapta a la realidad oaxaqueña de principios del siglo XIX.
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Fruto de una revolución victoriosa liberal, la cual traería consigo mucho beneficios como la constitución de 1857 y las leyes Juárez, Lerdo etc... Dentro de estas leyes también se encontraba la ley de matrimonio y de registro civil, que forman parte del derecho civil.
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Se encarga al jurista Justo Sierra la elaboración del primer Código Civil y se decreta como tal el 5 de diciembre de 1861
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Se amplía la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc.
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Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal . Entró en vigor el 1 de junio de 2000.