Arbitraje 1

EL ARBITRAJE Y SUS ANTECEDENTES

  • 326 BCE

    Lex Poetelia Papiria

    Lex Poetelia Papiria
    Prohibió el encarcelamiento privado por deudas civiles.
    Desde entonces, la ejecución de una sentencia debía dirigirse sobre los bienes y no sobre la libertad o vida del sentenciado.
  • 250 BCE

    Lex Silia - Legis Actio Per Conditionem

    Lex Silia - Legis Actio Per Conditionem
    Procedimiento solemne, introducido (para hacer efectivos créditos que tuvieran por objeto una cantidad de dinero determinada) a través del cual el actor emplazaba al demandado para que compareciera dentro de treinta días ante el magistrado, a efectos de designar a un juez que resolviera la causa.
  • 242 BCE

    Procedimiento Per Formulam - Praetor Peregrinus

    Procedimiento Per Formulam - Praetor Peregrinus
    Quien administraba justicia entre romanos y extranjeros, y pleitos de extranjeros entre sí.
  • 200 BCE

    Lex Calpurnia - Legis Actio Per Conditionem

    Lex Calpurnia - Legis Actio Per Conditionem
    Este procedimiento ya no sólo era útil para para hacer efectivos créditos que tuvieran por objeto una cantidad de dinero determinada, sino también para la entrega de cosas ciertas.
  • 130 BCE

    Lex Aebutia

    Lex Aebutia
    Las legis actiones fueron desapareciendo con el tiempo.
    Esta Ley cambió los juicios desarrollados per concepta verba, por juicios escritos, permitiendo así a las partes la elección entre el antiguo y el nuevo procedimiento (per formulam).
  • 118 BCE

    Procedimiento Per Formulam - La Bonorum Venditio

    Procedimiento Per Formulam - La Bonorum Venditio
    Procedimiento de ejecución por el pretor Rutilio Ruffo.
    Consistía en la toma de posesión de todos los bienes que integraban el patrimonio del deudor, el cual se vendía como una unidad a una sóla persona (bonorum emptor).
  • 27 BCE

    Cognitio Extra Ordinem

    Cognitio Extra Ordinem
    Intervención completa y directa del Estado.
    En el Imperio absoluto se convirtió en el único sistema judicial.
    Procedimiento monofásico; no hubo separación del proceso en dos instancias.
    El magistrado, como representante del poder público, conocía la demanda y resolvía el conflicto dictando la sentencia.
    Asunto público, con un juez como autoridad.
    El juez podía condenar por menos de lo que el actor había reclamado.
    El procedimiento no duraba más de tres años desde su comienzo.
  • 17 BCE

    Lex Iuliae Iudiciorum Privatorum

    Lex Iuliae Iudiciorum Privatorum
    Derogó por completo el uso de las legis actiones.
  • 14 BCE

    Ordo Iudiciorum Privatorum

    Ordo Iudiciorum Privatorum
    Ordenación de los juicios privados.
    Dividió el juicio en dos fases: la primera ante el magistrado (in iudicium) y la segunda ante el juez privado (apud iudicem).
    Representó el equilibrio entre la justicia pública y la privada.
    En la fase del magistrado se determinaba la constelación jurídica del caso, y en la del juez privado, se ofrecían, admitían y desahogaban pruebas, se presentaban alegatos y el juez dictaba sentencia.
    El magistrado permitía o no el acceso al arbitraje de los jueves.
  • 11 BCE

    Ordo Iudiciorum - Procedimiento Per Formulam

    Ordo Iudiciorum - Procedimiento Per Formulam
    Adoptado por el praetor peregrinus, quien administraba justicia entre romanos y extranjeros.
    Deriva del empleo de la fórmula escrita que redactaba el magistrado y servía al juez para sentenciar. El primero concedía al juez la facultad de condenar o absolver al demandado.
    El pretor determinaba a cada parte sus Derechos y deberes procesales.
    Influencia de buena fe (fides) y consecuencias a litigantes que no cumplían con los ritos para llevar a cabo las legis.
    División en dos; in iure y in iure.
  • 8 BCE

    Ordo Iudiciorum - Legis Actiones

    Ordo Iudiciorum - Legis Actiones
    Declaraciones solemnes acompañadas de rituales que el particular pronunciaba ante el magistrado, a fin de proclamar un Derecho que le asistía y ejercer uno reconocido.
    Exclusivas de los ciudadanos romanos.
    Rigurosamente formalistas, ligadas a conceptos religiosos.
    Tenían por objeto declarar un Derecho: legis actio per-sacramento, actio per iudicis postulationem y actio per conditionem.
    Ejecutivas: actio per manus iniectionem y actio per pignoris capionem.
    Eran lentas, y con exceso, formalistas
  • 5 BCE

    Ley de las XII Tablas

    Ley de las XII Tablas
    La Tabla IX-III imponía la pena de muerte del árbitro que recibía dinero para pronunciar sentencia.
  • 1 CE

    Procedimiento Extra Ordinem

    Procedimiento Extra Ordinem
    se empezó a aplicar en las controversias entre particulares, primero por vía de excepción en materias expresamente contempladas por la Ley (los fideicomisos, la tutela, los alimentos entre parientes, las pagas de trabajo, el estado de libertad de un individuo, etc.).
  • 322

    Constantino

    Constantino
    ordenó que la litis denuntiatio (parte del procedimiento de la cognitio extra ordinem) debía ser anotada en los registros públicos.
  • 342

    Constitución de Constancio y Constante

    Constitución de Constancio y Constante
    abolió el sistema per formulam, quedando el procedimiento cognitio extraordinaria como el único.