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- Es una unidad indivisible, gobernada por el rey, que agrupa distintas formas políticas que la constituyen y de carácter de transmisión hereditaria.
- Consolidadas en la época de esplendor de Ius Commune.
- 1164 en Aragón y 1230 en Castilla, fruto de la unión de condados y señoríos menores.
- Formas políticas: conservan su personalidad institucional (mediante la conservación de textos jurídicos e instituciones de gobierno de cada territorio)
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- Participación de la comunidad.
- No de todos, solo estamentos (nobleza y clero) y más poderosos.
- Aparecen en el s.XIII en Castilla y Aragón.
- Representan al reino, varias en Aragón, Valencia...
- Naturaleza: consultiva o decisoria. Tesis: intermedia.
- Compuesto por el estado nobiliario, el eclesiástico y el estado llano.
- Encargadas de: asuntos graves/importantes del reino, aprobación de servicios (asuntos económicos), competencias legislativas, reparo de agravios, juramento al rey.
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- Surgen en consecuencia de una situación de intereses entre los que conforman la comunidad dentro de cada reino.
- Reconocida por el monarca, a veces, y con distintos intereses a lo largo del tiempo.
- Agrupaciones de personas de determinado espacio (reino, ciudades) para defender intereses.
- Las ciudades buscaban preservar el orden público, la pacificación del territorio.
- Hermandades: Castilla para frenar desórdenes.
- Aragón: uniones entre ciudades y nobles.
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- Origen de la Audiencia en mediados del siglo XIV en Castilla con Alfonso XI.
- En cuanto a la normativa, Enrique II ordena la primera ordenación en Castilla, en las Cortes de Toro de 1371.
- En cuanto a la sede, Desde 1387 la audiencia en Castilla se reunía en Olmedo, Alcalá de Henares, Madrid y Medina del Campo cada tres meses. Después Segovia y definitivamente, en 1442, Valladolid.
- Desde las Cortes de Briviesca (1387) se aprobaron las competencias que les correspondían al Consejo y al Rey.
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- Función: gestión de documentos regios(sellos).
- Surge ante compilaciones de tareas de gobierno: s.XII - XIII
- Reorganización con Alfonso X, se le da una relevancia destacada.
- Formada por una pluralidad de Oficiales: cancilleres, canciller de la poridad y escribanos, notarios mayores, registradores y secretarios.
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- Institución pluripersonal de carácter técnico a la que fueron confiadas unas competencias tanto consultivas como decisivas.
- Compuesto por: 4 prelados, 4 nobles y 4 ciudadanos.
- Posteriormente serán sustituidos por personas de confianza del rey y juristas.
- Competencias: les ocupa el Gobierno, el control de oficiales, la administración de justicia y la elaboración de leyes.
- Intentará reducir el margen de actuación del monarca, situación que cambiará radicalmente posteriormente.