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Parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.
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Artículo 6, numeral 6.2.1, se encuentran la
de dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y
media en sus distintas modalidades en condiciones de equidad, eficiencia y calidad. -
Establece que los profesionales vinculados
en propiedad a la planta de personal como docentes o administrativos realicen acciones pedagógicas y
terapéuticas que permiten el proceso de integración académica y social, serán ubicados en
los establecimientos educativos que defina la entidad territorial para este propósito y no
serán tenidos en cuenta para la aplicación de los parámetros establecidos en el artículo 11
del mismo decreto. -
Parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.
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Conpes social: “Política Pública Nacional de Discapacidad” (2004)
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Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (ONU)
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Conferencia Internacional de Educación. La educación inclusiva: El camino hacia el futuro. Cuadragésima octava reunión (UNESCO)
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Organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad.
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Disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
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Decreto Único Reglamento del Sector Educación No.1075
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Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.
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Revisión, análisis y balance de
la estrategia de atención que se planteó en el
primer año en términos de oferta y demanda y de
la distribución de los recursos. -
El decreto tiene como objetivo reglamentar la prestación del servicio educativo para la población con discapacidad en el marco de la educación inclusiva, en los aspectos de acceso, permanencia y calidad, lo anterior con el fin de favorecer las trayectorias educativas de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes para su educación