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Jean Itard crea la primera escuela dedicada a la educación de personas con algún padecimiento que ocasione retraso. -
Se funda la escuela nacional para sordos. Su fundación fue para dar respuesta a las necesidades educativas de las personas con alguna discapacidad, iniciándose formalmente la historia de la educación especial. -
Se funda la escuela central de anormales. El primer colegio de educación especial público para alumnos con discapacidad intelectual. Su fundación es sumamente importante respecto al tratamiento y atención de los menores discapacitados, reconocimiento de derechos y concienciación social, así como respecto al avance de las investigaciones relacionadas con la discapacidad y la educación especial en España. -
Este documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos fue elaborado por representantes de todas las regiones del mundo, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948, la cual se ha traducido a más de 360 idiomas. Artículo 7 "Protección contra toda discriminación, y Articulo 26 " Derecho a la Educación". -
ARTICULO 28: Cada niño tiene derecho a recibir una educación.
ARTICULO 29: La educación de los niños debe ayudarles a alcanzar el pleno desarrollo de su personalidad, sus talentos y capacidades. UNICEF, Convención sobre los derechos de los niños, art. 28 y 29, 1989. -
“La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.” ART.68 Constitución política de Colombia, art. 68, 7 de Julio de 1991 (Colombia) -
Declaración de salamanca marco sexta acción para las necesidades educativas especiales Conferencia Mundial sobre necesidades educativas especiales: acceso y calidad Salamanca, España 7 al 10 de junio de 1994. UNESCO, Declaración de Salamanca , 1994. -
Por la cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. Formula principios de integración social y educativa, desarrollo humano, oportunidad y equilibrio y soporte especifico., con ellos abordaría la integralidad de la población con discapacidades o talentos excepcionales Ministerio de Educación Nacional, Decreto 2082,1996. -
Se reconoce a la población que presenta alguna discapacidad como uno de los principales grupos en situación de vulnerabilidad respecto a su acceso, permanencia y egreso del Sistema Educativo Nacional, y se señala la necesidad de poner en marcha acciones decididas por parte de las autoridades educativas para atenderla. -
Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales. Se regula la atención a la población con necesidades educativas especiales, la organización de la oferta y las funciones de los docentes y los profesionales de apoyo. Ministerio de Educación Nacional, 14 de Octubre de 2003, Bogotá -
En el marco del Programa Nacional para la Transformación y Fortalecimiento Académicos de las Escuelas Normales, iniciado hace algunos años, se realizó una Reforma a los Planes y Programas de Estudio de la Educación Especial.
Se cuenta con un nuevo Plan y programas de estudio para las licenciaturas en educación especial, por lo que actualmente el enfoque en la formación de maestros de educación especial -
Esta pretende adoptar medidas para eliminar las barreras arquitectónicas, de participación, discriminación, exclusión y propender la atención temprana, detección, intervención, rehabilitación, educación entre otros con el fin de velar por los derechos y la sana convivencia entre los integrantes de una sociedad.
Organización Naciones Unidas, Convención Interamericana para la Eliminación de todas formas de discriminación contra las personas con discapacidad, 2006. -
Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Ministerio de Educación Nacional, Colombia. Decreto 366, 09 de febrero de 2009. -
que el estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.
Se establece la ley general para la inclusión de las personas con discapacidad por parte del gobierno federal en el artículo 15. -
Por la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los Derechos de las Personas con discapacidad.
ARTÍCULO 11. DERECHO A LA EDUCACIÓN. El Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con necesidades educativas especiales, fomentando el acceso y la permanencia educativa con calidad, bajo un enfoque basado en la inclusión del servicio educativo. -
“Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.” Regula la aplicación del Plan Individual de Ajustes Razonables - PIAR, y brinda orientaciones a la comunidad educativa.
Ministerio de Educación Nacional, Colombia. Decreto 1421 de 2017. -
ºUNESCO 2009. Directrices sobre políticas de inclusión en la educación. París Declaración Mundial sobre educación para todos. Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje (Jomtiem, Tailandia). Artículo 3.3
ºDeclaración de Salamanca (Unesco, 1994)
ºDeclaración de Salamanca (Unesco, 1994)
ºFernando Sabater, (Filósofo español)
ºLa inclusión en la educación | UNESCO