
Leyes Educativas en Argentina, reflejos de sus tiempos (Prof. Martin Carabajal)
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Evangelización y educación de los naturales
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Desde 1538 a 1812 se realiza la fundación de varias Universidades en todo el continente
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El origen de la Universidad Nacional de Córdoba se remonta al primer cuarto del siglo XVII, cuando los jesuitas abrieron el Colegio Máximo, donde sus alumnos –en particular, los religiosos de esa orden– recibían clases de filosofía y teología. Este establecimiento de elevada categoría intelectual fue la base de la futura Universidad
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Se inicia el proyecto de una nación libre e independiente
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La Declaración de Independencia de la Argentina fue una decisión tomada el martes 9 de julio de 1816 por el Congreso de Tucumán, por la cual declaró la formal ruptura de los vínculos de dependencia política de las Provincias Unidas del Río de la Plata con la monarquía española.
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Fue fundado por iniciativa de JOAQUÍN DE SOUZA Y LIMA (suegro de TOMÁS GODOY CRUZ), gracias al aporte de dinero que realizara el Teniente Coronel MANUEL TELES MENESES y con el decidido apoyo del Gobernador Intendente de Cuyo, el General JOSÉ DE SAN MARTÍN. Inició sus actividades durante el mandato transitorio del Coronel TORIBIO DE LUZURIAGA el 17 de noviembre de 1817, siendo Rector interino el Presbítero JOSÉ LORENZO GÜIRALDES, que había integrado la Comisión que llevó adelante el proyecto.
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La Universidad de Buenos Aires es una universidad nacional pública argentina con sede en la ciudad de Buenos Aires. Fue fundada el 12 de agosto de 1821 por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Martín Rodríguez, y su ministro de gobierno, Bernardino Rivadavia
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Se plantea el derecho a la educación primaria como una responsabilidad de los gobiernos provinciales. El Art. 5 determina que cada Estado Provincial debe asegurar su educación primaria; mientras que al Estado Nacional le correspondería velar por el progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria. (art. 67 inc. 16). El artículo 14 consagra el derecho a enseñar y aprender
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Primera provincia en dictarse su propia constitución, modificada en 1916.
Constitución Local. Juan Bautista Alberdi redactó la Carta
Magna Provincial
Gobernador: Pedro Pascual Segura -
Este departamento fue el antecesor de la futura Dirección General de ESCUELA (DGE)
Gobernador: Nicolas Villanueva -
Formación de Maestros para un nuevo país
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. Reglamentaron el reconocimiento de estudios realizados en colegios particulares de nivel medio. Los alumnos tendrán derecho a presentarse a examen de las materias que comprende la enseñanza secundaria de los colegios nacionales ante cualquiera de éstos, con tal de que acrediten con certificados de sus directores, haber seguido cursos regulares y siempre que los colegios de que procedan llenen ciertas condiciones
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Antecedente de la Ley 1420
Puntos claves: Estado de la educación en la Argentina, impulsar su progreso,acciones políticas y legislación educativa -
Postulaba la educación primaria pública, obligatoria, gratuita, gradual y laica, a cargo del Estado. El eje de discusión giró en torno a lo religioso y su inclusión en las escuelas. Durante este año se duplica la población escolar . Se creó a partir de esta ley el Consejo Nacional de Educación (órgano dependiente del Poder Ejecutivo Nacional)
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Esta primera Ley Universitaria fijó las bases a las que debían ajustarse los estatutos de las universidades nacionales; se refería fundamentalmente a la organización de su régimen administrativo, y dejaba los otros aspectos liberados a su propio accionar. Reguló las dos universidades nacionales hasta ese momento: UBA (1821) y Córdoba (1621). Les otorgaba autonomía de gobierno. Tb rigió las universidades provinciales.
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Se otorgan subvenciones del Estado Nacional a las provincias que lo necesiten para el sostenimiento de la educación primaria
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Esta ley es posterior a la de 1880 del Gobernador Elias Vilanueva
Gobernador: Francisco Moyano -
Creación de escuelas nacionales primarias y rurales en las provincias que lo solicitaran. l.
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El 14 de agosto de 1917 fue la creación de las escuelas de artes y oficios. Eran 12 en todo el país y una de ellas fue la Pablo Nogués, que aún no tenía esa denominación
Gobernador: Francisco Alvear -
Reforma Universitaria de Córdoba, Reforma Universitaria de Argentina, Grito de Córdoba, o simplemente Reforma Universitaria, fue un movimiento de proyección juvenil para democratizar la universidad y otorgarle un carácter científico, que se inició con una rebelión estudiantil en la Universidad Nacional de Córdoba
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Gobernador Rodolfo Corominas Segura
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Con fecha 26 de agosto de 1947, a propuesta del Ministerio de guerra y por decreto 25.690 del Presidente de la Nación Argentina, se creo el Liceo Militar “General Espejo”, con asiento en la ciudad de Mendoza, que comenzó a funcionar en el año 1948, como Instituto de segunda enseñanza en un sistema pedagógico de internado militarizado
Gobernador Fautino Picallo -
IMPLANTACIÓN DE LA ENSEÑANZA RELIGIOSA
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En 1953 Se funda la Universidad Obrera gracias a esta ley, dicha Universidad luego se conocería como Universidad Tecnológica Nacional (UTN)
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En Mendoza, la Escuela Hogar 17 de Octubre (hoy se llama Eva Perón), fue fundada en 1951. En marzo de 1953 comenzó a funcionar como Hogar Escuela; los niños cumplían con la escolaridad primaria obligatoria en las escuelas comunes
Gobernador: Blas Brisoli -
Artículo 4.:EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA tendrá por misión
promover la capacitación, actualización, especialización y formación profesional y
artesanal de los recursos requeridos por las prioridades y modalidades del proceso de
desarrollo, modernización y cambio social y económico de la Nación, a través dela
programación, normatización, coordinación, investigación y supervisión general de la
educación técnica. -
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Régimen de universidades privadas
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Gobernador: Ernesto Ueltschi
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Gobernador: Francisco Gabrielli
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Esta ley legitimaba y regulaba la creación y autorización de establecimientos universitarios privados. Se dispuso que
quedaran a cargo del Poder Ejecutivo Nacional, la evaluación de la propuesta académica, su aprobación, reconocimiento y fiscalización. Con la aprobación del Poder Ejecutivo se le reconocen por esta ley a las universidades privadas reconocidas su derecho a crear y reformar sus estatutos, órganos de gobierno, sus planes de estudio, nombrar su personal docente y expedir títulos -
Art. 2 - Son funciones del Consejo Federal de Educación:
a) Coordinar 180 acción que desarrollan la Nación y las Provincias, tendiente al mejoramiento integral de la educacion.
b) Proponer las medidas que considere necesarlas para. 180
mejor utilización de los recursos humanos, tecnológicos
y económicos.
c) Proponer las modificaciones que requiera la legislación
vigente en materia.
entre otras funciones -
Gobernador: Ramón Genaro Díaz Bessone
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Se determinó la transferencia de servicios educativos de nivel pre-primario y primario nacionales a las provincias
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Convocado por la ley 23114/84. Consenso en: necesidad de un cambio en el Sistema Educativo, promover perfeccionamiento y jerarquización de la profesión docente, importancia de conservar la unidad educativa sin desatender a las diversidades regionales y a la autonomía educativa de las jurisdicciones (descentralización y federalismo educativo) actualizar contenidos y acercar la educación al ámbito del trabajo, igualdad de oportunidades y atención de personas con necesidades especiales
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Gobernador Felipe Llaver
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Dispuso la transferencia de servicios educativos nacionales de nivel medio, públicos y privados a las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad de Buenos Aires. Así transfirieron aquellos establecimientos que administraba el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y el Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET), con el consiguiente impacto presupuestario que significó para las respectivas jurisdicciones
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Surge frente a la necesidad de una ley general de educación. Legisló sobre todo el sistema educativo y actuó como ley "marco", ya que planteaba disposiciones generales de la política educativa. Esta ley postuló la gestión directa de los servicios educativos a las provincias y Ciudad de Bs. As., desde el niv. inicial al super. no univer. Siguiente organización: Educación inicial, EGB, Polimodal, Educación superior
Gobernador: Rodolfo Gabrielli -
La Fundación Instituto Tecnológico Universitario está conformada por el Gobierno de la Provincia de Mendoza, la Universidad Nacional de Cuyo y su Fundación (FUNC), la Unión Comercial e Industrial de Mendoza, la Universidad Tecnológica Nacional y la Federación Económica de Mendoza.
Gobernador Gabrielli -
Por primera vez en la historia educativa argentina, una ley única legisla para todo el nivel superior nacional: tanto de educación superior no universitaria como universitaria; tanto de gestión pública, como privada. El texto legal es de carácter reglamentarista. Es decir –a diferencia de la Ley Federal- su texto determina con significativo detalle cuestiones político administrativas para el Gobierno de la Educación Superior.
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Ley por la cual se realiza una adaptación de l Ley Federal de Educación Nacional sumando características propias de la provincias
Gobernador Iglesias -
Se estable 180 días de clases en cada ciclo lectivo y fondo económicos especiales para la educación
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Incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología por parte del Gobierno nacional, los Gobiernos provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma progresiva, hasta alcanzar en el año 2010 una participación del 6% en el Producto Bruto Interno.
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Tiene por objeto regular y ordenar la Educación Técnico Profesional en elnivel medio y superior no universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional.
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Se estructura el sistema educativo nacional de la siguiente manera. Se mantiene el federalismo educativo, pero estableciendo una estructura común para todo el país.
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Abordar de manera integral y respetando las diversas opciones educativas esta compleja y necesaria temática formativa
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Esta ley hace obligatoria la educación inicial desde los cuatro años. Modifica el artículo 16 de la ley 26.206 y establece que "la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria". También modifica los artículos 18 y 19 de la misma ley.
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“…el país carece y necesita de una idea, un proyecto, un destino que le sea propio. Esa es nuestra mayor urgencia. Ese proyecto implicará un papel, una misión, un quehacer para la Argentina. Ese quehacer implicará valores. Los valores darán identidad a nuestra cultura y a nuestra educación”