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La junta central de contadores podrá revocar la autorización de funcionamiento a las firmas de contadores públicos en casos como cuando el amparo de la firma se realice ejercicio ilegal de la profesión.
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Deben declarar renta y patrimonio quienes hayan tenido ingresos superiores a 71.000 y patrimonio bruto superior a 290.000, también se especifica la dirección informal por el contribuyente.
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Se da la reglamentación de la contabilidad mercantil y se expiden las normas de contabilidad generalmente aceptadas.
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Modificación del decreto 2160 de 1986 (artículo 97) dictaminando que se empezara a regir dicho decreto a partir del 1 de Enero de 1987.
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Normas en materia tributaria de catastro, fortalecimiento y democratización del mercado capitalista así como tarifas y retenciones en los años 86’ (33%), 87’ (32%) y 88’ (31%). Para el año 1989 en adelante sería del 30% sobre la renta o ganancia ocasional, explicándonos mediante tablas sus topes y porcentajes en renta y retención en la fuente.
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Modificación del decreto 2160 de 1986 (artículo 97) dictaminando que por motivos del artículo 90 de la ley 75 de 1986 y resultando inconveniente el cambio por ajustes del estado financiero por inflación, y como sustitución del decreto 3129 de 1986. Dicho decreto se empezara a regir desde el 1 de enero de 1988
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Modificación del decreto 2160 de 1986 (artículos 7, 14, 22, 34, 00, 68, 71, 95) unidad monetaria, consolidación de estados financieros, diferencias en cambio sobre obligación en moneda extranjera, valores como inversiones temporales, bonos, el patrimonio, valorizaciones, consejo permanente para la revisión de la norma contable; y derogación de los artículos 41, 42 y 43
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Actualización de la legislación cooperativa que sirvió para el desarrollo del sector económico cooperativo como parte fundamental de la economía nacional.
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Establece normas desligadas a la determinación del impuesto sobre la renta de los efectos de la inflación, modificando los porcentajes en los artículos 28 y 29 de la ley 75 de 1986, quedando así; 88’-91’ (30%), 92’ (40%), 93’ (50%), 94’ (60%), 95’ (70%), 96’ (80%), 97’ (90%), 98’ (100%); refiriéndose al porcentaje de la no renta y no ganancia ocasional y el no costo ni deducción de las personas naturales.
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Modificación del decreto 2160 de 1986, donde la valorización de los activos representados en propiedad planta y equipo del artículo 48 de dicho decreto deberán ser reflejados en los Estados Financieros.
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Las normas que se deben llevar acabo sobre los libros de comercio
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Las reglas de la profesión de contador público y las entidades que la controlan, a esta ley se le adiciona la ley 45 de 1960.
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Las normas aplicadas a las entidades financieras, actividades aseguradoras y las transparencias de las operaciones.
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El saneamiento del patrimonio en el exterior, inversiones extranjeras, los impuestos aplicados, se estimulas el mercado accionario, entre otros.
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La inscripción como Contador Público que se acreditará por medio de la Tarjeta Profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores, de la expedición y contenido de esta.
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Sistema de ajustes integrales por inflación; pretende que los estados financieros tiendan a reflejar la situación económica real de las empresas y que el impuesto sobre la renta se establezca sobre bases más reales y equitativas.
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Están obligados a aplicar el sistema de ajustes integrales por inflación, todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a llevar libros de contabilidad.
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Modifica el Art. 48 del Decreto 2160 de 1986 para la realizar avalúos y la valuación de la Propiedad planta y equipo.
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Se estable el Plan Único de Cuentas para comerciantes.
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Reglamenta y autoriza la utilización de los nuevos adelantos tecnológicos en materia de reproducción y conservación de archivos de los comerciantes.
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Modifica efectos del PUC para comerciantes en los decretos reglamentarios 2894 de 1994 y 2116 de 1996.
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Se Reglamenta la contabilidad y se expiden los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia.