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Relación con los dioses y su entorno natural
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Establecimiento de la enseñanza de la fe católica y sus dogmas
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Artículo 23: "Que la educación religiosa esta establecida como un área fundamental... aunque no es de obligatoriedad recibirla..."
Artículo 24: "Enuncia que la ERE es un derecho."
Artículos 5,15 y 16: "Se enuncia que dentro de la formación fundamental de los niños, esta la dimensión espiritual..." -
Artículo 6 lit. g: "de recibir e impartir enseñanza e información religiosa, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento, a quien desee recibirla; de recibir esa información o rehusarla". La misma ley establece: "Recibir un certificado por parte de la Iglesia o el credo al que se pertenece, como una persona idónea para ejercer la enseñanza religiosa".
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DIMENSIÓN ESPIRITUAL: "La dimensión espiritual del ser humano es aquella que se expresa por la necesidad de y por la apertura de valores universales, a creencia, doctrinas, ritos, convicciones para dar sentido global y profundo a la experiencia de la propia vida y desde ella al mundo, a la historia, a la de la cultura..."
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T-662: " Libertad de cultos dentro de una Institución de educación católica".
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Se establece que la enseñanza se debe dar por un licenciado en educación... no se hace mención de las personas con certificado de idoneidad, por lo tanto la enseñanza de educación religiosa, pasa al ámbito de educación superior.
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Establece que la ERE debe ser ofrecida en colegios oficiales como en los no oficiales... pero siempre manteniendo la libertad de culto...
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Articulo 3: "La educación religiosa se fundamenta en una concepción integral de la persona, sin desconocer su dimensión trascendente y considerando los aspectos académicos como los formativos".