1831

Derecho Penal

By fragoco
  • Period: 1250 BCE to 1521

    Época prehispánica

    Todas las culturas desarrollaron normas penales propias
    Se daban a conocer a través de pinturas jeroglíficas, por lo que no había codificación
    Se permitía la venganza privada en cierto supuestos
    Había diversidad de sanciones como la muerte, esclavitud, privación de la libertad, castigos corporales, destierro, confiscación e, incluso, algunas tan singlares como la demolición de la casa
    La duración dependían de la clase social del delincuente
    La criminalidad era escasa
  • Period: 1521 to

    Época Colonial

    La novísima recopilación de 1805 y las siete partidas fueron los ordenamientos frecuentemente aplicados en la Nueva España
    Las normas y las penas atienden a la raza del condenado
    A los conquistadores se les aplicaba una ley que regía la península
    A los indígenas y negros por las emitidas en la Nueva España
    La pena podía ser la muerte, horca, prisión, azotes, destierro, trabajos forzados, relegación, proscripción, multa, confiscación, castración, trabajo para los indios en conventos
  • Period: 1521 to

    Epoca independiente

    En la constitución de Apatzingán se establecen las bases penales
    -Principio de legalidad art 21
    -Fines de la pena art 23
    Los estados no promovieron leyes por lo que se aplicaron normas confusas y arbitrarias
    En 1831 se elaboró un bosquejo de Código Penal para el Estado de México sin ser expedido
    En 1835 se emitió el primer ordenamiento de Veracruz
    En la constitución de 1857 se adopta el sistema federal
    -Un sistema penal para la federación y otro para los territorios
  • Código Penal de 1871

    Código Penal de 1871
    i. Modelo el código penal español de 1870 se elabora el del D.F. y territorio de Baja California sobre delitos de fuero Común
    ii. para toda la república sobre delitos contra la federación del 7 de diciembre de 1871
    1. declaración de los derechos humanos
    a. certeza jurídica
  • Código Penal de 1929

    Código Penal de 1929
    a. Emitida la constitución de 1917 se concluye el código Almaraz de 1929
    i. Bien jurídico tutelado
    1. Daño al hombre y agregados sociales
    ii. Responsabilidad dolosa y culposa
    iii. Responsabilidad individual
    iv. Principio de legalidad
    v. Fines preventivos de la pena
    vi. Mayoría de edad 16 años
    b. No reflejaban las ideas expuesta, con contradicciones y errores doctrinarios
  • Código penal de 1931

    Código penal de 1931
    1. Código Penal de 1931 para Distrito y Territorios Federales en Materia de Fuero Común a. Dejó de ser aplicable en 1974 b. Reformas relevantes de 1984 y 1994
  • Reformas del 2008

    Reformas del 2008
    a. Cambios normativos, estructurales e ideológicos