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Como pretendía ser una recopilación, no una codificación, se limitaba a citar y adaptar todas las diferentes disposiciones regias desde Las Partidas, el Ordenamiento de Alcalá de 1348 y todo el conjunto de pragmáticas y bulas dictadas por reyes y autoridades sobre todo tipo de cuestiones.
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los reyes ordenaron al consejo de castilla que juntara, corrigiera e
imprimiera las provisiones reales concernientes a la buena gobernación y a la administración de justicia. -
Formo un conjunto de 83 leyes
aclaratorias y supletorias, inspiradas en el Ordenamiento de Alacalá, en las opiniones de los juristas y en las
decisiones judiciales. Abarcan múltiples materias: matrimonio, herencia, bienes dotales, etc. Ejercieron una
influencia decisiva en el Derecho privado castellano. -
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Asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial. Tiene atribuciones de gobierno, guerra y hacienda.
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reunir una junta y encargar la preparación de una nueva recopilación, en la cual se aclararan las dudas que suscitaban las leyes vigentes, se eliminaran las superfluas y ordenaran bien las restantes. Esta fue promulgada por Felipe II. Estaba dividida en 9 libros y contenía cerca de 4000 leyes. Con el paso del tiempo perdió actualidad y en la misma medida utilidad.
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Segunda Fundación de Buenos Aires por Juan de Garay, se decide dividir la extensa provincia rioplatense.
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