DERECHO DEL TRABAJO EN EL TIEMPO.

  • 6000 BCE

    6000 A.C.

    6000 A.C.
    Invención de agricultura y ganadería, surgen las primeras plantas domésticas, nace la minería y textilería.
  • 5000 BCE

    Mesopotamia.

    Mesopotamia.
    Las primeras civilizaciones directamente relacionadas con la cultura occidental surgieron en Mesopotamia (actual Irak), alrededor del año 5000 a. C. su economía era de base agropecuaria, también permitía diversos modos de intercambio comercial.
  • 3150 BCE

    Egipto.

    Egipto.
    El trabajo obligatorio fue la primera manifestación del trabajo como concepto jurídico, dado que el Horus necesitaba realizar importantes obras, tales como la mansión real y su tumba.
  • 3000 BCE

    Edad antigua (3000-476 a.C).

    Edad antigua (3000-476 a.C).
    La Roma republicana e imperial conoció un sistema económico, marxista, esclavista, gracias a una abundante mano de obra procedente de las victorias guerras de conquista. Los esclavos trabajaban en las minas, remanaban en las galeras y cultivaban los campos. Surge el salario.
  • 1934 BCE

    Código de Lipit-Ishtar.

    Código de Lipit-Ishtar.
    Un código legal con 50 artículos que tratan sobre el alquiler, la propiedad, trato hacia los esclavos, familias, herencia, difamación, cuidado y trabajo de las tierras agrícolas y daños causados por animales.
  • 1700 BCE

    Código Hammurabi.

    Código Hammurabi.
    “Para humillar a los malos e injustos e impedir que el poderoso perjudique al débil; para que toda persona perjudicada pueda leer las leyes y encontrar justicia”.
    En Derecho laboral. Daños derivados de la agricultura. Regula la esclavitud, con penas de muerte: unos 40 delitos y castigos corporales públicos y muy cruentos. Además, regula la compensación pecuniaria: La pena más frecuente iba desde el doble hasta treinta veces el daño causado.
  • 1445 BCE

    Código de Santidad de Israel.

    Código de Santidad de Israel.
    En este código se encuentra teología laboral estructurada, como en las siguientes premisas. "No obstante, los dueños deben ser quienes proporcionan oportunidades de trabajo". Trato justo a los trabajadores (Levítico 19:13) "No oprimirás a tu prójimo, ni le robarás. El salario de un jornalero no ha de quedar contigo toda la noche hasta la mañana.
  • 457 BCE

    Ley de Marcu.

    Ley de Marcu.
    Surge en las primeras civilizaciones, específicamente en el Imperio Romano. El romano consideraba al esclavo como un animal, y es por esta razón que crea la ley de Marcu, esta consiste en la limitación de la jornada laboral del trabajador, considerando que el día se dividía en horas de luz y oscuridad. Se crea así con esta ley, la primera reducción de horario laboral, que permitía a los trabajadores descansar luego de ocultarse el sol.
  • 30 BCE

    Roma.

    Roma.
    Surge el derecho civil romano, en donde los esclavos tenían derechos, lo que hacía que los patricios los contrataran y les pagaran con dinero.
  • 1405

    DEUTERONOMIO 1405 a.n.e.

    DEUTERONOMIO 1405 a.n.e.
    También estaba presente en el
    antiguo Israel, en el libro de Deuteronomio 24: 14 – 22, se establece la prohibición de
    explotar al jornalero, tanto si es un judío como un extranjero, así como la obligación de
    mantener una esquina sin recoger los frutos del campo, de tal manera que los pobres,
    viudas, huérfanos y forasteros tuvieran algo para comer, por lo que el judaísmo
    representa una conciencia colectiva de responsabilidad,
    y la universalidad de la lucha de los derechos humanos.
  • 1430

    Feudalismo.

    Feudalismo.
    Surge una nueva forma de organización de trabajo, y es el feudalismo, este se basaba en grandes extensiones de tierra cuya propiedad pertenecía la Estado o a la nobleza y que debía, por tanto, pagar altos intereses para poder sobrevivir.
  • 1500

    Leyes de Indias.

    Leyes de Indias.
    Leyes de Indias fundamentaron los principios de la vida social, vida política y vida económica. fue la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular la vida social, política y económica entre los pobladores de la parte americana de la monarquía hispánica.
  • Decretos de Allard.

    Decretos de Allard.
    Prohíben el derecho de organización profesional (asociaciones) y permite que se hagan los salarios por libre convenio con los patrones.
  • Ley chapelier.

    Ley chapelier.
    Establece la libertad de empresa en Francia, aboliendo los gremios existentes, también prohibía que los empresarios, comerciantes, obreros o artesanos pudieran asociarse y establecer normas comunes, es decir los gremios. La ley se derogo hasta el año 1864.
  • Abolición de la esclavitud.

    Abolición de la esclavitud.
    Tras la Revolución francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, se abolió la esclavitud el 7 de febrero de 1794 en la Convención Nacional.
  • Liberalismo.

    Liberalismo.
    Nace a base de la ilustración, es una corriente de pensamiento que propugna limitar al máximo poder coactivo del Estado sobre los seres humanos y la sociedad civil. Así forman parte del ideario liberal la defensa de la economía de mercado, y en general, la libre circulación de personas, capitales y bienes.
  • Sindicalismo.

    Sindicalismo.
    Es la parte del movimiento obrero que se organiza mediante sindicatos, un tipo de organización que reúne a los trabajadores a partir del trabajo que desempeñan con el fin de defender sus intereses comunes ante los empleadores y los gobiernos aparecida en el siglo XIX.
  • Primera ley.

    Primera ley.
    El primer movimiento obrero clandestino obliga al Parlamento inglés a dictar en 1802 la primera ley en favor al obrero; La ley de protección de la infancia, que reduce a doce horas la jornada laboral de los niños menores de nueve años.
  • Independencia de México.

    Independencia de México.
    A base de las ideas revolucionarias de la ilustración, México se libera del esclavismo de España, para convertirse en un Estado independiente.
  • El marxismo.

    El marxismo.
    En 1847 la Liga de los Comunistas que encomendó a Marx y Engels redactar el Manifiesto Comunista, documento programático básico del marxismo de la Liga Comunista y de la Primera Asociación Internacional de los Trabajadores creada en 1864.
  • Revolución industrial.

    Revolución industrial.
    El derecho laboral encuentra su génesis en los “abusos” que durante la Revolución Industrial padecieron los trabajadores en las fábricas inglesas. Desde entonces, los derechos de los trabajadores han sido el principal caballo de batalla de los socialistas para procurar defender al proletariado de las opresoras garras del gran capital. Así, se denominan “conquistas sociales” a la jornada de 8 horas, las vacaciones, los sistemas de pensiones, el sueldo mínimo, las leyes de seguridad en el trabajo.
  • Aparición del proletariado.

    Aparición del proletariado.
    Hacia mediados del siglo XIX agobiaban al país diversos problemas económicos y sociales, entre ellos se encontraba la crisis de la producción agrícola y la minería, la escasa industrialización y la enorme deuda extranjera que crecía a pasos agigantados.
  • Constitución de 1917.

    Constitución de 1917.
    Para que el artículo 123 constitucional fuese una
    realidad en 1917, una serie de acontecimientos
    contribuyeron a definir sus características
    principales; el abuso de los patrones sobre los
    trabajadores y las precarias condiciones
    económicas de vida hicieron posible que se
    reconocieran derechos mínimos para ellos y sus familias, como por ejemplo el
    salario mínimo, el derecho a vivienda digna, el derecho a los servicios médicos,
    asistencia por maternidad, etc.
  • Nacimiento de la OIT.

    Nacimiento de la OIT.
    La OIT está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para hombres y mujeres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana.
  • Primera legislación laboral en China.

    Primera legislación laboral en China.
    Fue publicada en 1923 por el Gobierno de Beiyang de la República de China.
  • Ley Federal del Trabajo de 1931.

    Ley Federal del Trabajo de 1931.
    Se retoman y conjugan todas las reformas de la ley anterior; asimismo se determina de manera clara y concreta la forma en que deberán ser respetados los derechos de los trabajadores y de los patrones y la forma en que deberán resolverse los conflictos que se susciten entre ellos.
  • Ley Federal del Trabajo de 1931.

    Ley Federal del Trabajo de 1931.
    El 18 de agosto de 1931 se promulgó la
    primera Ley Federal del Trabajo, en la que se
    fincaron las bases generales de los derechos de los
    trabajadores, considerando además los conflictos
    que pudieran surgir entre los factores de la
    producción y la forma de resolverlos, así como los
    organismos de gobierno encargados de impartir
    justicia en caso de controversias.
  • Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

    Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
    Este texto aporta una solidificación concisa en los derechos laborales para las personas, tanto en relaciones colectivas como individuales del trabajo estableciéndose en el artículo 23, consolidando el concepto de derecho laboral.