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Artículo 6° Constitucional El derecho a la información es garantizado por el estado
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce el Derecho de Acceso a la Información como una Garantía Individual, el 28 de marzo del año 2000
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el 11 de junio de 2002
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El 10 de febrero de 2007 todos los estados de la República ya contaban con su Ley en materia de transparencia
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Se reforma el Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se establecen principios y bases para el ejercicio del derecho de acceso a la información
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El 7 de febrero de 2014, se reforma el Artículo 6o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece como sujetos obligados a cualquier autoridad que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal. Prevé la implementación del Sistema Nacional de Transparencia.
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El 4 de mayo de 2015 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ley reglamentaria del Artículo 6° constitucional) que tiene como principio, establecer las bases mínimas que debe considerar la Federación, el entonces Distrito Federal y los Estados, para garantizar el acceso a la información.(INAI, 2019). El IFAI cambia de nombre al INAI.
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Se estableció la declaratoria de los integrantes del Sistema Nacional que esta compuesto por el INAI, los organos garantes de las entidades federativas, la ASF, el AGN y el INEGI