Derecho comun

Derecho Común

  • 1100 BCE

    Derecho Común

    es un término que hace referencia a un derecho que se aplica a la generalidad de los casos o aplicable, a diferencia de un derecho particular o especial (derecho propio).
    Durante la Baja Edad Media se denominó así al derecho formado por el Corpus Iuris Civilis (derecho romano justinianeo), el Corpus Iuris Canonici (derecho canónico) y la labor de los juristas sobre estos cuerpos jurídicos (escuela de glosadores y comentaristas).