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La aduana actuaba como tribunal en asuntos comerciales. Su función era judicial y administrativa, en casos de juicios y problemas depolicia de comercio y establecia el orden de prioridad de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y
las Ordenanzas Reales de Castilla -
Organismo que actua como tribunal en asuntos mercantiles y seguia la tendencia eropea de separar la jurisdicción mercantil de la civil. Funciones: administrativa y judicial.
Normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla -
Se crea la matrícula para comerciantesnacionales, se establecen normas sobre asignacion y nombramiento de contadores peritos en los procesos mercantiles.
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Se crea la Bolsa Mercantil que funciono pr poco tiempo y se dicto la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se dictaron tres decretos: sobre actos de
comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
Por decreto, se suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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En 1862 se sancionó la
ley 15, en donde se estableció que toda la Nacion adoptaria el Codigo de Comercio, que hasta ese momento solo regia en Buenos Aires. -
Con la sancion del Código Civil era necesario reformar el Código de Comercio, el cual tuvo varias reformas hasta su unificación.
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Principales Cambios:
Se establece como fuente de derecho ell valor de los usos y
costumbres.
Se suprime el requisito de poseer matrícula para ser comerciante.
Cambia la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, étc. -
Mediante el cual se incorpora una nueva norma sobre letras de cambio y pagarés.
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Se incorpora una nueva norma reglamentando los seguros.
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Se incorpora una norma que trata sobre las sociedades
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Norma para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Nuevo ordenamiento sobre cheques y la ley Ley 24.522 que incorpora un nueva norma de concursos y quiebras
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Esta ley modifica la edad para ser considerado mayor de edad a los 21años.
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El codigo de Comerico fue derogado por el
artículo 4 de la Ley Nº 26.994 y comenzó a regir el Nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina hasta la actualidad.