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Se da la declaracion de los derechos humanos en los cuales se incluye el derecho a Derecho a la Vida privada de las Personas, lo cual es precedente a el Derecho a la Protección de Datos Personales.
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Primer tratado internacional en materia de protección de datos de carácter personal.
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En este se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos : consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.
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En los cuales se considera como obligaciones para los entes públicos federales: Obtener el consentimiento, informar los propósitos para tratar los datos personales y adoptar las medidas técnicas necesarias para garantizas la seguridad de los datos personales.
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en este se dota de facultades al Congreso Federal para la legislación de Protección de Datos en posesión de los particulares.
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Se agregan las fracciones II y III del artículo 6, señalan que la información a que se refiere la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes
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se reforma al artículo 16 constitucional no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.
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esta se promulga para que los datos personales sean protegidos por el sector privado.
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Se establecen principios, bases y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información de cualquier autoridad.
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El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).