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Es un Derecho Humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.), así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
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Publicados por el entonces IFAI. Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e Impedir su transmisión ilícita y lesiva.
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Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales.
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Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
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Su finalidad es la de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
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Se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. Estas reformas facultaron al Congreso de la Unión para legislar en la materia.
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La mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma propuesta por el congreso de la unión.
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Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. -
Entra en vigor de la LFPDPPP.
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La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la generación del Aviso de Privacidad, a efectos de minimizar la necesidad de que se deba recurrir a empresas privadas para obtener asesoramiento en su creación. En dicha publicación se diferencian tres formas del Aviso de Privacidad: Integral, Simplificado y Corto, según su aplicación.