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El primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales. se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos
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Se determinó que si bien las actas de nacimiento, de matrimonio y de defunción, en su conjunto, que obran en los archivos de la Secretaría de Gobernación concretamente en el Registro Nacional de Población, no se consideran información confidencial por hallarse en registros públicos -en los registros civiles-
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Se dio inicio a los procedimientos de verificación
de sistemas de datos personales, a través de la notificación de requerimientos de información a distintas dependencias -
Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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En materia de protección de datos personales, las fracciones II y III señalan que la información a que se refiere la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. Además que toda persona tendrá acceso a sus datos personales o a la rectificación de estos respectivamente
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se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma
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La primera ley de transparencia en el país, marcó el camino de la protección de datos personales a nivel nacional en el sector público, y posteriormente con las reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales en 2009, con las que se otorgó el reconocimiento
pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. -
El Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009.
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La mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
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se emite la primera ley que se aplica para los datos que estén en poder de privados.
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se reforman los párrafos sexto y séptimo del artículo 4 y se adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Por un lado, se eleva a rango constitucional el interés superior y los derechos de la niñez; por otro, se faculta al Congreso para legislar en materia de niñas, niños y adolescentes.