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En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que representa “un estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones", y donde se reconoce el derecho a la privacidad como un derecho constitucional.
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Entre los objetivos de la ley se encuentra el de promover la transparencia de la gestión pública mediante la difusión de información que generan los sujetos obligados; garantizar la
protección de los datos personales en posesión de dichos sujetos; favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, así como manejar la organización, clasificación y manejo de los documentos. -
Publicados en ese entonces por el IFAI, tienen como propósito establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la jurisdicción de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva.
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Este proyecto tenía por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personale, donde en las fracciones II y III se hace reconocimiento a la vida privada y al derecho de la protección de datos personales
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Este proyecto tenia la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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La reforma al Art. 73 Const. otorga facultades exclusivas al H. Congreso de la Federación para legislar en materia de Protección de Datos en posesión de particulares.
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La reforma al artículo 16, establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales y a ejercer los derechos “ARCO”
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El objetivo de la ley es resguardar los datos personales en posesión de las empresas, asimismo regular que dichos datos sean usados únicamente con el propósito que fueron entregados, que se tenga un control de quién y para qué los tiene y que el titular o dueño de los datos siempre sea conocedor del trato de dichos datos y de esta forma garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los individuos.
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación en el 21 de diciembre de 2011. Donde su principal objetivo es clarificar las disposiciones de la Ley y facilitar su aplicación.
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Esta ley actualmente se desarrolla, y fue donde se establecieron las bases mínimas a considerar en el derecho de protección de datos personales, mismas que deberán ser incorporadas a las legislaturas locales.