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Cronología de Protección de Datos Personales, Karla Rivas

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos

    Declaración Universal de los Derechos Humanos
    La ONU proclama la Declaración de los Derechos Humanos en la cual establece entre otras dos disposiciones, que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida, familia, domicilio o correspondencia.
  • Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales

    Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales
    Resueltos a tomar medidas adecuadas para asegurar la
    garantía colectiva de derechos y libertades distintos de los que
    ya figuran en el Título I del Convenio para la Protección de los
    Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, firmado
    en Roma.
  • Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos

    Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos
    El artículo 17° va a otorgar el derecho a la privacidad y su protección por la ley.
  • Convención Americana de Derechos Humanos

    Convención Americana de Derechos Humanos
    Establece los deberes de los Estados y los derechos protegidos por dicho tratado. En su segunda parte, establece los medios de protección: la CIDH y la Corte IDH.
  • Suecia entra en vigor

    Suecia entra en vigor
    Entra en vigor la primera ley en el mundo para la Protección de información de particulares. Este va a contar con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado: Data Inspektion Board.
  • Estados Unidos entra en vigor

    Estados Unidos entra en vigor
    Entra en vigor con una ley de carácter
    general titulada Privacy Act,
  • Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo

    Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo
    Estos países publicaron leyes referentes a la protección de datos personales entre 1977 y 1979
  • OCDE y el Primer Instrumento Supernacional

    OCDE y el Primer Instrumento Supernacional
    Se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales.
  • Convenio para la protección de las personas

    Convenio para la protección de las personas
    Con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto.
  • Convenio 108, Europa

    Convenio 108, Europa
    El Convenio 108, en su artículo 1° marca que se debe garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona.
  • Brasil

    Brasil
    Promulga la ley de protección de datos como primer país latinoamericano.
  • Argentina

    Argentina
    Siguiendole a Brasil, fue el año en que se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental.
  • México

    México
    Entra en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
  • IFAI

    IFAI
    Creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Su campo de vigilancia solamente son las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el IFE, la CNDH y el
    Banco de México.
  • En México, Artículo 6°

    En México, Artículo 6°
    Se presenta un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada, apareciendo como se muestra a continuación
  • Posesión de Sujetos Obligados

    Posesión de Sujetos Obligados
    Se emitió la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con la cual se terminó de armonizar la normativa en la materia en México.
  • Articulo 73°, Constitución

    Articulo 73°, Constitución
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Artículo 16° constitucional

     Artículo 16° constitucional
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
    proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional, con la finalidad de reconocer
    el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
  • Sector Privado

    Sector Privado
    Por primera vez, se contó con disposiciones expresas que las empresas observarían para el tratamiento de datos personales en el sector privado, a través de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
  • Decreto LFPDPPP

    Decreto LFPDPPP
    Publicación del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP. Dentro de la mencionada Ley se indica que los sujetos que se encuentran como responsables del tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, proporcionalidad, calidad, finalidad, consentimiento, información, lealtad y responsabilidad